Artículo 1
Organizar el Comité Sectorial para el estudio y evaluación de la Red Pública Hospitalaria de que trata la Ley 715 de 2001, el cual estará conformado por: RESOLUCION NUMERO 1393 DE 2002 Por la cual se conforma una comisión sectorial. El Ministro de Salud o su delegado, quien lo presidirá. El Superintendente Nacional de Salud o su delegado. El Presidente de la Federación Nacional de Secretarios Departamentales de Salud. El Presidente de la Corporación Colombiana de Secretarios Municipales y Distritales de Salud. Parágrafo. La Asociación Colombiana de Clínicas y Hospitales, ACHC y la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral, ACEMI, se integrarán como apoyo al proceso de estudio y evaluación de la Red Hospitalaria Pública de que trata el presente artículo. Artículo. El Comité Sectorial deberá establecer un plan de acción con las variables técnico-científico-jurídico-administrativas a corto, mediano y largo plazo. La primera parte del plan de acción a corto plazo, deberá de acuerdo con el cronograma realizarse dentro del mes siguiente de la fecha de vigencia de la presente resolución.