RESOLUCIÓN 1349 DE 2005

Resolución · 1349 · 2005-05-17 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 1–4 de 4

Artículo 1

Integrar el Comité Nacional de Salud Ocupacional, para el período 2005- 2007.

Artículo 2

El Comité Nacional de Salud Ocupacional para la vigencia 2005-2007 quedará integrado de la siguiente manera: 1. El Coordinador del Grupo de Salud Ocupacional de la Dirección General de Riesgos Profesionales del Ministerio de la Protección Social. 2. El Jefe de la Dependencia de Salud Ocupacional o Riesgos Profesionales del Instituto de Seguros Sociales. 3. El Jefe de Salud Ocupacional, o quien haga sus veces, del Instituto Nacional de Salud. 4. En representación de las Entidades Administradoras de Riesgos Profesionales diferentes al Instituto de Seguros Sociales, las siguientes personas: Principal Suplente Paula López Vendemiati Luis Fernando Delgado Duarte [documento omitido] [documento omitido] 5. En representación de los trabajadores, las siguientes personas: Principales Suplentes Diana Cecilia Gómez Cely Carmen Jeanet García García [documento omitido] [documento omitido] Carvallo Suárez Mercedes Cruz Gómez [documento omitido] [documento omitido] 6. En representación de los empleadores, las siguientes personas: Principales Suplentes José Augusto Zuluaga Eduardo Visbal Rey [documento omitido] [documento omitido] Fajardo Martínez Angela Jeannette Gómez Rodríguez [documento omitido] [documento omitido] 7. En representación de las instituciones de educación superior, las siguientes personas: Principal Suplente Luis Fernando Rincón Correa Gloria Helena Villalobos Fajardo [documento omitido] [documento omitido] 8. En representación de las agremiaciones o sociedades científicas, las siguientes personas: Principal Suplente Nohora Isabel Valbuena Amarís María Teresa Salazar Charrys [documento omitido] [documento omitido] 9. En representación de las Confederaciones de Pensionados, las siguientes personas: Principal Suplente Fortunato Gómez José Evangelista Delgadillo [documento omitido] C.C. No. 121223 de Bogotá

Artículo 3

Notificar a lo interesados el contenido de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 44 y 45 del Código Contencioso Administrativo, previa advertencia de que contra este acto procede el recurso de reposición previsto en el artículo 50 Ibídem.

Artículo 4

La presente resolución rige a partir de su comunicación y deroga la Resolución número 1985 del 19 de noviembre de 2001.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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