Por medio de la cual se da cumplimiento a una providencia judicial a favor de

Resolución · 1338 · 2023-05-19 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 1–4 de 4

Artículo 1

Dar cumplimiento al Auto que aprueba el acuerdo conciliatorio del 18 de mayo de 2023 proferido dentro del proceso identificado con número 110013334005-201500076-01 que cursó ante el Juzgado Quinto Administrativo de Bogotá y en segunda instancia ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección A, el cual fue notificado por estado el día 29 de mayo de 2023; en consecuencia, ordenar el pago de CIENTO CUARENTA MILLONES DE PESOS ($140.000.000) a favor de la Superintendencia Financiera de Colombia.

Artículo 2

La suma a que refiere el artículo anterior será abonada por el Grupo de Tesorería de este Ministerio, a la Superintendencia Financiera de Colombia, identificada con número de Nit.890999057-6, como entidad beneficiaria del pago, con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 186523 de 17 de julio de 2023, expedido por la Coordinadora del Grupo de Presupuesto. La consignación debe hacerse directamente a favor de la Dirección del Tesoro Nacional, en la cuenta No. 300700011459, denominada Otras Tasas - Multas y Contribuciones no Especificadas- Entidades, del Banco Agrario de Colombia, Código de Portafolio 365, según solicitud de pago día 07 de junio de 2023.

Artículo 3

Comunicar el contenido de la presente resolución al señor JULIO ALBERTO RINCON RODRIGUEZ al correo electrónico [email protected] en su calidad de apoderado, del beneficiario del pago.

Artículo 4

Contra esta resolución no procede recurso alguno por tratarse de un acto de ejecución, conforme con lo establecido en el artículo 75 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ' Artículo 5. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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