Por medio de la cual se prorroga

Resolución · 128 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 1–5 de 5

Artículo 1

Autorizar la prórroga, por el término de un (1) año contado a partir del 12 de mayo de 2013 hasta el 11 de mayo de 2014, de la toma de posesión administrativa para administrar de SALUDCOOP ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD ORGANISMO COOPERATIVO, por las razones expuestas en la parte motiva de la presente resolución.

Artículo 2

Comunicar el contenido de la presente Resolución al doctor MAURICIO CASTRO FORERO, Agente Especial Interventor de SALUDCOOP ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD ORGANISMO COOPERATIVO en la avenida 13 No. 109-20 de la ciudad de Bogotá o al sitio que se indique para tal fin.

Artículo 3

Comunicar el contenido de la presente Resolución al Superintendente Nacional de Salud, a la Delegada para las Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salua y a las entidades territoriales en donde el Programa de la Entidad Promotora de Salud tenga cobertura geográfica y poblacional, esto es Amazonas, Antioquia, Arauca, Atlántico, Bogotá D.C, Bolívar, Boyacá, Caldas, Caquetá, Casanare, Cauca, Cesar, Córdoba, Cundinamarca, Chocó, Huila, La Guajira, Guainía, Guaviare, Magdalena, Meta, Nariño, Norte de Santander, Putumayo, Quindío, Risaralda, Santander, Tolima, Valle del Cauca, Vaupés y Vichada. RESOLUCIÓN EJECUTIVA NÚMERO_.128 DE 2013 HOJA No 7 de 7 Aciministrar SALUDCOOP ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD ORGANISMO COOPERATIVO, con NIT 800.250.119-1”

Artículo 4

Comunicar el contenido de la presente Resolución al doctor LUIS ALFREDO CAICEDO, representante legal de la firma BAKER TILLY COLOMBIA LTDA. o a quien haga sus veces, en la calle 90 No. 114-41 Piso 6, de la ciudad de Bogotá DC. o al sitio que se indique para tal fin. O al correo: notificacionesObakertilycolombia.com.

Artículo 5

La presente resolución rige a partir de su publicación.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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