Comunicar el contenido de la presente Resolución al Superintendente Nacional de Salud, a la Delegada para las Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salua y a las entidades territoriales en donde el Programa de la Entidad Promotora de Salud tenga cobertura geográfica y poblacional, esto es Amazonas, Antioquia, Arauca, Atlántico, Bogotá D.C, Bolívar, Boyacá, Caldas, Caquetá, Casanare, Cauca, Cesar, Córdoba, Cundinamarca, Chocó, Huila, La Guajira, Guainía, Guaviare, Magdalena, Meta, Nariño, Norte de Santander, Putumayo, Quindío, Risaralda, Santander, Tolima, Valle del Cauca, Vaupés y Vichada.
RESOLUCIÓN EJECUTIVA NÚMERO_.128 DE 2013 HOJA No 7 de 7
Aciministrar SALUDCOOP ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD ORGANISMO COOPERATIVO, con NIT 800.250.119-1”