Artículo 1
Negar la recusación impetrada por la Asociación de Educación del Atlántico contra el doctor Ulahi Beltrán López, en su calidad de Superintendente Nacional de Salud, respecto de las actuaciones administrativas que se adelanten en el despacho a su cargo, relacionadas con la Clínica General del Norte, por las razones expuestas en el presente proveído.