Por medio de la cual se implementaron medidas que permiten unificar

Resolución · 1278 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 1–6 de 6

Artículo 1

Objeto. La presente Resolución tiene por objeto adoptar el Manual de identidad Visual, por medio de anexo único, el cual hará parte integral de este Acto administrativo. Siguiendo lo ordenado por la Ley 2345 del 30 diciembre 2023.

Artículo 2

Destinatarios. El cumplimiento de la presente resolución está dirigido a todas las áreas del Ministerio de Salud y Protección Social y a las entidades adscritas, siguiendo los lineamientos establecidos en la Ley 2345 del 30 diciembre 2023.

Artículo 3

Seguimiento. El Grupo de Comunicaciones del Ministerio de Salud y Protección Social, de conformidad con lo establecido en la Resolución 385 de 2011 o la que la modifique, adicione o sustituya, efectuará el monitoreo y seguimiento para que se adopte El Manual de Identidad Visual ajustado a los requisitos establecidos en la Ley 2345 del 30 diciembre 2023

Artículo 4

Vigencia. Esta Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación, tendrá un periodo de 3 meses para su implementación por parte del Ministerio de Salud y Protección Social y las entidades adscritas. RESOLUCIÓN NÚMERO 0000127B DE 2024 HOJA N.° 3

Artículo 5

Implementación: La implementación del Manual de Identidad Visual que adopta la presente Resolución, deberá aplicar en un término no mayor a 15 días. No obstante, se podrá continuar utilizando los elementos distintivos, papelería y material impreso o contratado hasta su agotamiento. En todo caso, la transición se. hará con criterios de conservación del ambiente con el fin de generar la menor afectación posible.

Artículo ANEXO

GUILLERMO ALFONSJ6 ~LLO MARTÍNEZ Ministro de Salid y Protección Social Aprobó: Grupo de comunicaciones - Paul Alexander Gutiérrez Arrellano Director Juridico - Rodolfo Enrique Salas Figueroa Direct

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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