AMBITO DE APLICACIÓN. Esta será aplicable a las entidades encargadas de la coordinación y seguimiento de las Zonas de Recuperación Nutricional (ZRN):
2.1 Entidades de carácter nacional y sus dependencias a nivel territorial, que concurren en la garantía de los derechos a la salud y a la alimentación adecuada en sus componentes: disponibilidad, accesibilidad, adecuación y sostenibilidad.
2.2 Entidades territoriales del orden departamental, distrital o municipal que concurren en el marco de sus competencias a la garantía de los derechos a la
RESOLUCIÓN NÚMERO -%901226 De 15 JUN 2025 HOJA No. 4
de ecosistemas estratégicos para la soberanía alimentaria” -
salud y a la alimentación adecuada en sus componentes: disponibilidad, accesibilidad, adecuación y sostenibilidad.
2.3 Agentes del Sistema Nacional de Bienestar Familiar.
2.4 Actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud.