Artículo 1
Objeto. La presente resolución tiene por objeto, en el marco de la ruta de transición hacia el sistema indígena de salud propio e intercultural, de que trata el artículo 54 del Decreto Ley 968 de 2024: "Por el cual se dictan normas para la administración y operatividad del Sistema Indígena de Salud Propio e Intercultural (SISPI) para el Territorio Indígena que conforma el Consejo Pegional Indígena del Cauca (CRIC)’’, activar el proceso de asignación de afiliados de la población no indígena e indígena que no hacen parte del territorio CRIC que está afiliada a la Asociación Indígena del Cauca, Entidad Promotora de Salud Indígena - AIC - EPS-I, identificada con NIT 817.001.773-3, a la(s) EPS o EPS-I receptora(s). Parágrafo. Este proceso no podrá afectar la continuidad, integralidad y calidad en la atención de dicha población, en los términos previstos en la Ley Estatutaria 1751 de 2015.