Por la cual se modifica la Resolución 382 de 2015 que delegó funciones públicas al Colegio Colombiano de Fisioterapeutas

Resolución · 1173 · 2020-07-21 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–4 de 4

Artículo 1

Modificar el artículo 2* de la Resolución 382 de 2015, el cual quedará asi: “Artículo 2. Término de delegación de funciones. Las funciones delegadas se cumplirán con respecto a los profesionales de fisioterapia a partir de la suscripción del acta de inicio de la delegación entre la Dirección de Desarrollo del Talento Humano en Salud de este Ministerio y el Colegio Colombiano de Fisioterapeutas y hasta dos meses después de finalizada la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19.*

Artículo 2

Modificar el artículo 8? de la Resolución 382 de 2015, el cual quedará asi: “Articulo 8. Reasunción de las funciones delegadas. Este Ministerio reasumirá las funciones delegadas una vez finalice el término al que hace referencia el artículo 2 de la presente resolución o cuando se presente alguna de las causales establecidas en el artículo 7* del Decreto 4192 de 2010, compilado por el articulo 2.7.2.1.1.5 del Decreto 780 de 2016, con observancia de las disposiciones del CPACA que sobre el particular sean aplicables”,

Artículo 3

Notificar, el contenido de la presente resolución al representante legal del Colegio Colombiano de Fisioterapeutas, a través del correo electrónico presidencia(Wcolfi.co, conforme a lo dispuesto en el artículo 4% del Decreto 491 de 2,1 JUL 2020 Lar RESOLUCIÓN NÚMERO: 1 173 pe 2020 HOJA NO? 3 2020, informándole que contra la presente resolución procede el recurso de reposición, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación.

Artículo 4

La presente resolución rige a partir de su notificación. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Ministro de Salud y Protección Socia! Aprobb: Dirección de Talento Humano en Salud Viceministro de Salud Pública y Prestación de Semicios Disección Juridica

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-tematicas-2020.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 130), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

Preguntar a la IA sobre esta norma