Artículo 1
Prórroga. Prorróguese por el término de seis (6) meses la vigencia del reglamento técnico de emergencia para los utensilios de vidrio, cerámica y vitrocerámica, las vajillas de vidrio, cerámica y vitrocerámica en contacto con alimentos, y los utensilios de cerámica empleados en la cocción de los alimentos, que se fabriquen, importen y comercialicen en el territorio naciona!, expedido mediante Resolución 1893 de 2019, la que se entiende modificada en lo pertinente.