Artículo 1
Á partir de la aplicación de la cobertura del seguro obligatorio de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito — SOAT - establecido en el parágrafo del artículo 1 del Decreto 987 de 2012, autorizadas para expedir la póliza SOAT, deberán destinar el 29% de los recursos a que refiere el literal a) del numeral 1 del artículo 199 del Decreto Ley 663 de 1993, en concordancia con el literal a) del artículo 223 de la Ley 100 de 1993, para financiar las indemnizaciones por concepto de gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios por lesiones y el total de costos asociados al proceso de reconocimiento y pago de dichas indemnizaciones.