Por medio de la cual se adopta el protocolo de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo del riesgo de la pandemia del Coronavirus COVID-19 para el sector religioso

Resolución · 1120 · 2020-07-03 · Jerarquía: nivel 8

Derogado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Derogada» (consultado el 22/10/2026) .
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Articulado
Artículos 1–18 de 18

Artículo 1

Objeto. Adoptar el protocolo de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo del riesgo de la pandemia de! Coronavirus COVID-19 en el sector religioso, contenido en el anexo técnico que hace parte integral de la presente resolución. Parágrafo 1. Este protocolo es complementario al adoptado mediante la Resolución 666 del 24 de abril de 2020. Parágrafo 2. Cada entidad religiosa podrá adaptar este protocolo de bioseguridad a los ritos propios de su tradición y/o creencia religiosa, sin desconocer el marco general que aquí se adopta.

Artículo 2

Vigilancia del cumplimiento del protocolo. La vigilancia del cumplimiento de este protocolo está a cargo de la alcaldía municipal o distrital que corresponda al lugar en que se desarrolle el culto, rito o ceremonia religiosa.

Artículo 3 (1/16)

Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. 3 JUL 2020 FERNANDO RUIZ GOM Ministfo de Salud y Pretección Social Aprobó: Viceministerio de Salud Pública y Prestación de Servicios Dirección de Promoción y Prevención Dirección Jurídica añ RESOLUCIÓN NÚMERO 20112 ES JUL 70 HOJA N' 3 ANEXO TÉCNICO 4. OBJETIVO Orientar las medidas generales de bioseguridad que se deben adaptar e implementar en el sector religioso, en el marco de la pandemia por el nuevo Coronavirus COVID-19, con el fin de disminuir el riesgo de transmisión del virus de humano. a humano durante el desarrollo de todas sus actividades, considerando que el riesgo de propagación de la COVID-19 aumenta en eventos y congregaciones presenciales, motivo por el cual se debe garantizar el estricto cumplimiento tanto de las reglas como de las recomendaciones establecidas en el presente protocolo de bioseguridad. 2. DEFINICIONES a. Asepsia: Ausencia de microorganismos que pueden causar enfermedad. Este concepto incluye la preparación det equipo, la instrumentación y el cambio de operaciones mediante los mecanismos de esterilización y desintección. b. Bioseguridad: Conjunto de medidas preventivas que tienen por objetivo eliminar o minimizar el factor de riesgo biológico que puede llegar a afectar la salud, el medioambiente o la vida de las personas, asegurando que el desarrollo o producto final de dicho procedimiento no atenten contra la salud y seguridad de los trabajadores.

Artículo 3 (2/16)

c. Covid-19: Versión acortada del nombre del nuevo coronavirus "Coronavirus 2 del Síndrome respiratorio Agudo Grave" (identificado por primera vez en Wuhan, China), asignado por el Comité Internacional de Taxonomía de Virus, encargado de asignar nombre a los nuevos virus. d. Desinfección: Es la destrucción de microorganismos de una superficie por medio de agentes químicos o físicos. e. Desinfectante: Es un germicida que inactiva prácticamente todos los microorganismos patógenos reconocidos, pero no necesariamente todas las formas de vida microbiana. Este término se aplica solo a objetos inanimados. f. Detergente: Material tensoactivo diseñado para remover y eliminar la contaminación indeseada de alguna superficie o de otros materiales. g. Hipoclorito: Es un grupo de desinfectantes que se encuentra entre los más comúnmente utilizados. Este grupo de desinfectantes tiene un efecto rápido sobre una gran variedad de microorganismos. Son los más apropiados para la desinfección general. Como este grupo de desinfectantes corroe los metales y produce además efectos decolorantes es necesario enjuagar lo antes posible las superficies desinfectadas con dicho producto. h. Material contaminado: Es aquel que ha estado en contacto con microrganismos o es sospechoso de estar contaminado. i. Prestadores de salud: Hace referencia a las instituciones prestadoras de servicios de salud - IPS, profesionales independientes de salud, transporte asistencial de pacientes y entidades de objeto social diferente que prestan servicios de salud. j. Prevención: Es el conjunto de acciones dirigidas a identificar, controlar y reducir los factores de riesgo biológicos del ambiente y de la salud, para evitar la transmisión de! Covid-19. k, Partes interesadas: Individuos o grupos que por su interés o desempeño entran en relación con los espacios y acciones pastorales y espirituales propios de las entidades religiosas.

Artículo 3 (3/16)

3. MEDIDAS GENERALES DE BIOSEGURIDAD 3.1. Frente a los responsables de los lugares de culto Los responsables de los lugares de culto deben: a. Informar previamente a los feligreses o files sobre horarios, y formas de participar en los servicios religiosos y/o actos litúrgicos. Se les invitará a venir directamente de casa a la celebración y, al terminar, regresar de inmediato a sus hogares conservando las medidas de bioseguridad al salir e ingresar de nuevo a sus casas. b. Capacitar a todo el personal que tendrá responsabilidades durante las celebraciones religiosas en las medidas generales de bioseguridad y sobre la identificación de signos y sintomas de gripa y del SARS-CoV-2, Cc. Desintectar todas las instalaciones en donde se adelantará el culto religioso antes de permitir el ingreso de las personas (feligresia). d. Garantizar que, durante la espera para el ingreso al culto, en las áreas de circulación y al ingresar al mismo se respete el distanciamiento de 2 metros entre persona y persona. e. Procurar se garantice que no ingresen niñas, niños y adolescentes, mientras el gobierno nacional mantenga el aislamiento preventivo obligatorio de dicha población. RESOLUCIÓN NÚMERO . .. 2044 9 pDE 3 JUL 2000 HOJA N* 4 Garantizar que todas las personas que ingresen al recinto realicen higienización de manos con un agente desinfectante aprobado para el Covid-19. Para esto, se deben disponer dispensadores en la entrada y al interior del recinto. Disponer de un dispositivo de medición de temperatura para medirla a cada persona que ingresa al recinto. No se permitirá el ingreso de personas que tengan fiebre mayor o igual a 38 grados centígrados o tos.

Artículo 3 (4/16)

Realizar desinfección de suelas de calzado a la entrada del recinto. Contar con grupos de apoyo que: (i) verifique el uso correcto del tapabocas; (ii) verifique el distanciamiento físico; (ii) tome la temperatura al ingreso; (iv) apoye con el proceso de desinfección de manos. Estos grupos de apoyo harán uso de los elementos de protección personal como tapabocas y protección ocular Garantizar que todos los asistentes al lugar de culto tengan un lugar asignado para sentarse. Al momento de sentarse se debe realizar una disposición de las instalaciones del lugar de culto que garantice el distanciamiento físico de dos metros de distancia lateral, un metro hacia adelante y un metro hacia atrás de distancia, entre persona y persona. No se permiten persona de pie, diferentes al personal de apoyo. Demarcar los puntos de ubicación de la silletería en zigzag, tanto en el piso como en las bancas o sillas, respetando las barreras físicas y la señalización. Garantizar la aireación natural o ventilación de los lugares de culto, manteniendo puertas y ventanas abiertas. Frente a los aires acondicionados o formas de ventilación artificial, se debe garantizar su mantenimiento, limpieza y desinfección. Frente a los aires que cuentan con filtros de aire de alta eficiencia — HEPA - (High Efficiency Particulate Air), se debe garantizar su adecuado uso y mantenimiento. En caso de no contar con esos filtros, se deben establecer los mecanismos apropiados para garantizar la limpieza y desinfección. Establecer una logística de evacuación que posibilite que las personas mantengan el distanciamiento de 2 metros entre una y otra, tanto en las áreas de circulación como en las zonas de salida, y garantizar una ágil evacuación, evitando congestiones y/o aglomeraciones.

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Garantizar que no se lleve a cabo ninguna actividad que implique la manipulación de alimentos preparados tales como cafeterías, restaurantes o cooperativas hasta tanto el gobierno nacional no autorice abrir al público nuevamente esta actividad, caso en el cual deberán cumplirse con el protocolo de bioseguridad que se adopte para el efecto. Garantizar, para el uso de baños ubicados dentro de las instalaciones en donde se realiza el culto, el distanciamiento físico de dos metros entre las personas, restringiendo el ingreso de dos (2) personas cada cuatro (4) metros; así mismo, asegurar la disponibilidad de agua, jabón y toallas desechables 3.2. Frente a los feligreses o fieles Los feligreses o fieles deben:

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h. Respetar el distanciamiento de 2 metros entre persona y persona, durante la espera para el ingreso al culto, en las áreas de circulación y al ingresar al mismo. Realizar la higienización de manos con un agente desinfectante aprobado para el Covid-19 al ingresar al lugar en donde se desarrollará el servicio religioso y/o acto litúrgico. Respetar el distanciamiento físico de dos metros de distancia lateral, un metro hacía adelante y un metro hacia atrás de distancia, entre persona y persona durante la ceremonia religiosa. Utilizar permanentemente el tapabocas durante todas las etapas de ta celebración. Permanecer en el mismo lugar desde el inicio hasta finalizar la reunión No trastadar elementos de la casa hacia el lugar de la celebración, como de éste al lugar de habitación. No se deben llevar flores; cirios, velas o velones; ni otros elementos como carteras u objetos no necesarios para la celebración. Si presenta comorbilidades como hipertensión arterial, diabetes, enfermedades cardiovasculares, accidente cerebrovascular, virus de inmunodeficiencia humana, cáncer, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, obesidad, desnutrición y es mayor de 60 años; está en estado de embarazo; o si presenta síntomas como tos o fiebre; absténgase de asistir al culto. No saludar de mano, ni dar besos ni abrazos.

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4. MANTENIMIENTO Y DESINFECCIÓN Los responsables de los lugares en donde se realizará el servicio religioso y/o acto litúrgico deben: a. Elaborar un plan de limpieza y desinfección donde se recojan las medidas sanitarias pecadas por el Ministerio de Salud y Protección Social, de acuerdo con la Resolución 666 de -3 JUL 2020 RESOLUCIÓN NÚMERO. -.- -* 11209 DE 2020 HOJA N? 5 4 AS s Capacitar al personal que vaya a realizar la limpieza y desinfección. Garantizar que el personal que realice la limpieza y desinfección use guantes, se lave las manos con agua y jabón antes de comenzar su jornada y al menos cada hora y realice el secado de las mismas con toallas de papel desechable. Realizar un proceso de limpieza y desinfección en el recinto después de realizado un evento religioso, en todas las áreas (sitios de reunión, baños, etc.), para garantizar tas condiciones de bioseguridad ante riesgo biotógico, para ello es indispensable: el abastecimiento de productos de desinfección y limpieza; tiempo para efectividad de agentes químicos; ventilación de espacios, tiempo para el ingreso después de limpieza y desinfección y aseo general de infraestructura. Desintectar los utensilios del acto litúrgico, así como los micrófonos, instrumentos musicales y libros, antes y después de cada uso. incrementar ta frecuencia de limpieza y desinfección de pisos, sillas y aquellos elementos que tengan contacto directo y constante con fas personas. Garantizar el reabastecimiento de elementos de bioseguridad. Los insumos empleados para realizar la actividad (escobas, traperos, trapos, esponjas, estropajos, baldes, etc.) serán limpiados y desinfectados constante y periódicamente.

Artículo 3 (8/16)

5. MANIPULACIÓN DE RESIDUOS Los responsables de los lugares en donde se realizará el servicio religioso y/o acto litúrgico deben: a. Aplicar to estipulado en la Resolución 666 de 2020 y demás normativa vigente para la manipulación de residuos, respondiendo a principios como la separación de residuos y la economía circular cuando se presente el caso. Instalar recipientes con tapa para la disposición adecuada de residuos a fin de evitar ta propagación de agentes contaminantes. 6. ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL En el desarrolto de todo servicio religioso y/o acto litúrgico: a. El grupo de apoyo deberá mantener en todo momento un distanciamiento físico de 2 metros de cualquier persona y deberá ser dotado de elementos de protección personal — EPP, como tapabocas, protección ocular y productos de desinfección, garantizando que se realice lavado de manos con agua, jabón y toallas desechables o higienización de manos con un agente desinfectante aprobado para el Covid-19. Todas tas personas que ingresan deben hacer uso del tapabocas cubriendo nariz y boca. El uso de guantes será de carácter obligatorio para quienes tienen el deber de abrir las puertas y orientar a los fieles para que se ubiquen en los lugares señalados. También deben usarlos los encargados del aseo y desinfección del lugar, garantizando el lavado de manos con agua, jabón y toallas desechables antes y después del uso de tos guantes. Se debe capacitar en el uso adecuado de guantes y evitar la manipulación de ta cara mientras se están usando los guantes.

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7. MEDIDAS ESPECIALES En ningún momento de la ceremonia religiosa podrá repartirse papelería, documentos u objetos mano a mano. Si en la ceremonia religiosa se utilizan anillos, arras, y cualquier otro elemento, los mismos deberán ser manipulados exclusivamente por las personas directamente responsables. Las entidades religiosas deberán establecer horarios para la celebración de los cultos, que permitan, en los casos en que aplique, reducir la congestión en los medios públicos de transporte. Mientras se mantenga la norma de aislamiento social obligatorio no se podrán realizar reuniones o momentos de compartir entre los fieles antes o después de los servicios religiosos y/o actos litúrgicos. 8. MEDIDAS QUE SE DEBEN ADOPTAR PARA SALIR Y REGRESAR A LA VIVIENDA 8.1. Desplazamiento desde y hacia el lugar de culto Quienes se desplacen a los lugares en donde se realizan tas ceremonias religiosas deben: a. Privilegiar los medios de transporte privado y el uso de medios alternativos como la bicicleta. RESOLUCIÓN NÚMERO "17" 1120 DE. 9 JUL o HOJA N' 6 e b. Cumplir con el protocolo de bioseguridad establecido por el Ministerio de Salud y Protección Social para el uso del trasporte público. 8.2. Al regresar a la vivienda ¡ Quienes regresen a su vivienda luego de la participación en un culto religioso deben: a. Limpiar la suela de los zapatos antes del ingreso a su vivienda. b. Realizar adecuado lavado de manos con agua y jabón. c. Antes de tener contacto con los miembros de su familia, cambiarse de ropa. 9, PLAN DE COMUNICACIONES Las entidades religiosas deben:

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a. Contar con un plan de comunicaciones donde se divulgue la información pertinente a todos tos actores relevantes, incluyendo feligreses o fieles, proveedores y personal, sobre las medidas contenidas en la Resolución 666 del Ministerio de Salud y Protección Social y aquellas contenidas en este protocolo, en relación con los signos de alarma, lineamientos y condiciones para la preparación, respuesta y atención ante la presencia del COVID-19 en el territorio nacional, así como aquellas tomadas a nivel local. b. Informar a la comunidad y a los asistentes a las ceremonias religiosas, sobre las medidas para el cumplimiento del control de ingreso al lugar de cuito, esto es: control de acceso, comportamiento seguro, uso correcto de elementos de protección personal, instrucciones dentro y fuera de las instalaciones, canales de comunicación, uso adecuado de agentes de desinfección; diligenciamiento de encuestas de autodiagnóstico y otros contemplados en el presente protocolo, uso adecuado y permanente del tapabocas, medidas seguras de distanciamiento de 2 metros entre las personas, y uso adecuado de agentes de desinfección e higienización de manos. c. Socializar los planes de comunicación sobre la aplicación del presente protocolo a través de las redes sociales, mecanismos y/o jurisdicciones que se han establecido por fas entidades religiosas, conforme a su estructura interna de organización. Se proyectarán o comunicarán piezas informativas sobre las medidas de bioseguridad dentro del lugar de culto antes de iniciar el servicio religioso o acto litúrgico. d. Establecer canales de comunicación directos y continuos con todos feligreses y comunidades involucradas en las actividades aquí descritas, donde se promueva el autocuidado y las medidas básicas de bioseguridad. e. Disponer mecanismos de información visible y legible, clara y concisa, así como a través de sus redes sociales, sobre las medidas de prevención y atención, y acciones de autocuidado. 10. PREVENCIÓN Y MANEJO DE SITUACIONES DE RIESGO Las entidades religiosas deben:

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a. Determinar un lugar de aislamiento cuando se presente un caso de una persona que quiere ingresar al templo y que presente síntomas de cuadro respiratorio o fiebre cuantificada de 38*C, lugar que debe permanecer desinfectado según las normas de bioseguridad, provisto de pocas sillas y buena aireación, evitando presencia de otros elementos. A este sitio se conducirán las personas sospechosas de sintomas gripales o de contagio de COVID-19, donde debe esperar a las autoridades de salud, quienes serán informadas de inmediato. Para ello en cada equipo de colaboradores se determinará un responsable de contactar las autoridades e informar de la presencia de un caso sospechoso. Para ello es necesario contar con los contactos telefónicos de todas las autoridades necesarias (Policía, Hospital, EPS cercana, secretaría de salud o sus pares en las alcaldías, o las instancias que hayan sido determinadas para estos procedimientos). b. Conformar un equipo de 3 o 4 personas, entre las que debe figurar un integrante de la comunidad, que esté atento a la gestión y control de los protocolos y verifique que se tiene el manejo y dominio adecuado de los mismos y que estos son eficaces o que proponga mejoras según la necesidad. Se recomienda dejar constancia escrita de las sugerencias, cambios o anomalías que se presentan en la aplicación de los protocolos.

Artículo 3 (12/16)

c. Incluir en la identificación de peligros, evaluación y valoración de riegos el factor de riesgo biológico por contagio de coronavirus COVID-19 y así determinar por actividades cuando el personal se encuentra más expuesto y de este modo determinar los controles más adecuados. Se debe observar la normativa del Ministerio del Trabajo, relacionada con las obligaciones de tos empleadores y Administradoras de Riesgos Laborales. -3 JUL 2020 RESOLUCIÓN NÚMERO. -.1120DE 2020 HOJA N* 7 Continuación de ta resolución “por medio de la cual se adopta el protocolo de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuade manejo del riesgo de la pandemia del Coronavinis COVID-19 on el sector religioso”. d. Establecer el material para capacitar al personal de manera virtual, sobre los protocolos para la prevención del COVID-19 y el método para evaluar y hacer seguimiento a los resultados de la capacitación.

Artículo 3 (13/16)

11. RECOMENDACIONES FINALES Se recomienda: a. Efectuar una inscripción previa para la asistencia a ta congregación, vía telefónica o correo electrónico, con el fin de evitar la aglomeración de personas en la entrada de los templos. Llevar de manera voluntaria y privada: 1. Registro de personas que ingresan al lugar, 2. Pedir declaración de sintomas de forma verbal o mediante la aplicación de herramientas de autodiagnóstico con plazo no mayor a un mes como CoronApp aplicación dispuesta por el gobierno nacional u otras que se lleguen a establecer, Para efectos de efectuar seguimiento a cerco epidemiológico por eventuales contagios, las entidades religiosas generarán medidas internas orientadas a facilitar un registro interno de las personas que ingresan a! lugar, y las cuales serán de su manejo directo. . Aumentar el número de celebraciones a fin de permitir la participación de los fieles sin congestionar los lugares de culto, Establecer acciones y estrategias necesarias para garantizar la reapertura gradual de los sewmvicios religiosos y/o actos litúrgicos, como, por ejemplo, los cultos desde los autos. Propender por desarrollar los servicios religiosos y actos litúrgicos máximo en una hora. En caso de extenderse el culio religioso debe garantizarse la adecuada ventilación y la disposición de baños en los que, para su utilización, se garantice el distanciamiento social. f.. Promover controles que apoyan el distanciamiento físico de 2 metros. b. 12. APLICACIÓN DEL PROTOCOLO En el marco de la autonomía propia de las entidades religiosas, se recomienda que cada entidad conforme a su propia jerarquía y forma particular de organización y liturgia, establezca tas medidas internas para la aplicación de! presente protocolo. 12.1. Controles que apoyan el distanciamiento fisico SUSTITUCIÓN CONTRO DE INGENIERÍA CONTROL ADURIS IRATIVO CONTROL DE EPP.

Artículo 3 (14/16)

APERTURA DE PUERTAS Y — USOOE AGENTES QUÍMICOS 57 USO DE EPP POR PARTE VENTANAS PARA EL NO USO PEROXIDO PARA DISMINUCIÓN DE TIEMPOS | DE LOS ENCARGADOS DEL DE VENTILADORES Y AIRES. DESIMFECCIÓN DE ARES DE CULTOS PLAN DE DESINFECCIÓN Y ACONDICIONADOS ACONDICIONADOS LIMPIEZA ' SUSTITUR ABRAZOS, BESOS POR UNA REVERENCIA EL EROS Ha HORARIOS PARA EL UNA REVERENCIA, EL — USO DE FILTROS HEPA (HIGH + HIGNO DE LA PAZO UN EFFICIENCY PARTICULATE DESARROLLO DE O SALUDO EN LENGUA DE AIR] PARA ARES ACTIVIDADES DE SEÑAS DESDE LA DISTANCIA ACONDICIONADOS DESINFECCIÓN 1 FÍSICA PRESCRITA EN LUGAR DE APRETONES DE MANO U OTRAS FORMAS DE CONTACTO FÍSICO, USO DE ROCIADORES PARA | DESARROLLO DE PLAN DE DEBSNFECCIÓN DE ESPACIOS RECIBIR ALAS PERSONAS FORMACIÓN Y AA LOS COMUNES ANTES Y DESPUES oEL DE CADA REUNIÓN COMUNICACIONES .

Artículo 3 (15/16)

UIGARES O€ CULTO CON APP RIESGO BIOLÓGICO. "PALABRAS AMABLES Y E SONRISAS, esjóroeo MR CUMPLIMIENTO DE PLAN DE DESINF Y LIMPIEZA SANITARIOS Í ¡AL 8) FOPCIONAL) SEÑALIZACIÓN Y ] USO DE ROCIADOR CON DEMARCACIÓN DE AREAS AGENTE QUÍMICO PARA COMUNES PARA DESINFECCIÓN DE CALZADO CUMPLAMIENTO DEL, soecion DISTANCIAMIENTO SOCIAL AL) USO DE BARRERAS FÍSICAS E PARA EL CONTROL DE DESINFECCIÓN DISTANCIAMIENTO SOCIAL Nota: Los conirotes del mismo color son altemativas de un soto uso o la combinación de estas. - 9 yuL ¿020 RESOLUCIÓN NUMERO. . - + 112 0 DE 2020 HOJA N* 8 ES Continuación de la resolución “por medio de fa cual se adopta el protocolo de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el

Artículo 3 (16/16)

13. NÚMERO DE ASISTENTES Se reitera que en todo espacio fisico en donde se celebren los oficios religiosos se debe garantizar el distanciamiento de dos (2) metros entre personas sentadas, por lo «que el aforo del correspondiente espacio debe ajustarse a dicha medida. Se llevará a cabo un plan piloto por un término de quince (15) días, durante los cuales se permitirá un aforo máximo de cincuenta (50) personas, siempre y cuando se cumpla con el distanciamiento de dos (2) metros entre personas sentadas y con las demás medidas establecidas en este protocolo de bioseguridad. Culminado el término anterior, se llevará a cabo otro plan piloto con una duración de quince (15) días, durante los cuales se permitirá un aforo máximo del treinta y cinco por ciento (35%) del respectivo recinto, siempre y cuando se cumpla con el distanciamiento de dos (2) metros entre personas sentadas y con las demás medidas establecidas en este protocolo de bioseguridad. El Ministerio de Salud y Protección Social llevará a cabo .el seguimiento y evaluación de estos planes piloto. Cualquier decisión que se adopte con posterioridad estará sujeta al grado de afectación y progresión de la pandemia a nivel nacional y en las diferentes entidades territoriales, de acuerdo con el criterio técnico de este Ministerio.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Derogada»; normograma-tematicas-2020.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 121), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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