Por la cual se delega a un funcionario como representante del Ministerio de Salud y Protección Social ante el Comité Interinstitucional para la declaratoria de existencia de razones de interés público para someter las patentes de los medicamentos cuyo principio activo es el Dolutegravir a licencia obligatoria".

Resolución · 1097 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 1–6 de 6

Artículo 1

Delegar al Director (a) de Medicamentos y Tecnologías en Salud del Ministerio de Salud y Protección Social y/o quien haga sus veces, como representante de esta rama ministerial ante el Comité Técnico Interinstitucional para la declaratoria de existencia de razones de interés público para someter las patentes de los medicamentos cuyo principio activo es el Dolutegravir a licencia obligatoria, de conformidad con la parte considerativa del presente acto administrativo.

Artículo 2

El Director (a) de Medicamentos y Tecnologías en Salud del Ministerio de Salud y Protección Social y/o quien haga sus veces, deberá coordinar e impulsar el proceso delegado, así como mantener registros y archivos de las actuaciones que se realicen en el marco del Comité Técnico Interinstitucional, en el marco de los principios que rigen la función administrativa.

Artículo 3

Comuníquese el contenido del presente acto administrativo al Director (a) de Medicamentos y Tecnologías en Salud del Ministerio de Salud y Protección Social y/o quien haga sus veces, para su conocimiento y demás fines pertinentes.

Artículo 4

Comuníquese el contenido del presente acto administrativo al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y al Departamento Nacional de Planeación, para su conocimiento y demás fines pertinentes.

Artículo 5

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Artículo ANEXO

QL GUILLERMO ALFON O JARAMILLO MARTÍNEZ Ministro de Salúd y Protección Social Aprobó: / 2- Viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios. Rodolfo Salas F.- Director Jurídico 5

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Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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