Por la cual se modifica la Resolución 801 de 2017 que delegó funciones públicas al Colegio Federación Colombiana de Optómetras

Resolución · 1077 · 2022-06-22 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–5 de 5

Artículo 1

Modificar el artículo 2 de la Resolución 801 de 2017, el cual quedará así: "Artículo 2. Término de la delegación de funciones. Las funciones delegadas se cumplirán con respecto a los profesionales que se desempeñen como optómetras, a partir de la suscripción del acta de inicio de la delegación entre la Dirección de Desarrollo de Talento Humano en Salud de este Ministerio y el Colegio Federación Colombiana de Optómetras y hasta cinco meses después de finalizada la emergencia sanitaria por causa del coronavirus CO VID-19, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 8 de la presente Resolución."

Artículo 2

Modificar el artículo 8 de la Resolución 801 de 2017, el cual quedará así: "Artículo 8. Reasunción de las funciones delegadas. Este Ministerio reasumirá las funciones delegadas una vez finalice el término al que hace referencia el artículo 2 de la presente resolución o antes, si se presenta alguna de las causales establecidas en el artículo 2.7.2.1.1.5 del Decreto 780 de 2016, con observancia a las disposiciones del CPACA que sobre el particular sean aplicables"

Artículo 3

Notificar el contenido de la presente resolución al representante legal del Colegio Federación Colombiana de Optómetras, a través del correo electrónico [email protected] , conforme con lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto 491 de 2020, informándole que contra la presente resolución procede el recurso de reposición, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación.

Artículo 4

La presente resolución rige a partir de su notificación.

Artículo ANEXO

M RÍA ANDREA GODOY C EGO Viceministra de Protección Social en a de as funciones del Despacho del Ministro de Salud y Protección Social Aprobó: Directora de Talento Humacita.Salud / Viceministro de Salud Pública y Prestació ervicios / Directora JuridicaVIT Aus-

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2022.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 77), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

Preguntar a la IA sobre esta norma