Artículo 1
Los criterios para la distribución y asignación de recursos a las entidades territoriales para la implementación del Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a Víctimas del Conflicto Armado —PAPSIVI, son: 1. Departamentos con mayor número de población víctima del conflicto armado, tomando como fuente de información el Registro Único de Víctimas —RUV. 2. Cumplimiento de la meta de atención a víctimas establecida en la vigencia anterior, tomando como fuente de información el aplicativo PAPSIVI. 3. Ejecución efectiva de los recursos asignados por este Ministerio en la vigencia anterior para la atención a víctimas, tomando como fuente de información el certificado del auditor de cada entidad territorial y la información que posea el Ministerio. 4. Departamentos con municipios priorizados en el escenario del posconflicto, tomando como fuente el informe vigente del Estado colombiano. 5. Víctimas atendidas en la vigencia 2015 incluidas en Registro Único de Víctimas —RUV, tomando como fuente de información el aplicativo PAPSIVI y el RUV. 6. Entidades territoriales con asignación de recursos en vigencias anteriores.