Por el cual se adopta el Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031 con sus capítulos diferenciales: indígena para los pueblos y comunidades indígenas de Colombia, población víctima de conflicto armado, el Pueblo Rrom y la población negra, afrocolombiana, raizal y palenquera

Resolución · 1035 · 2022-06-14 · Jerarquía: nivel 8

Modificado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Parcialmente vigente» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 421–440 de 710

Artículo ANEXO (416/705)

Elementos y niveles de gestión para la salud pública En la vía de avanzar en la operacionalización de la GISPT se recogen en primer lugar los elementos conceptuales identificados como centrales para la comprensión y articulación de la gestión, como son: el desarrollo, el territorio y el cuidado. En segundo lugar, se describen cada uno de los niveles de gestión: la macrogestión, la mesogestión y la microgestión para la salud pública. El Desarrollo. Abordar el desarrollo significa, a pesar de la crítica frente a los posibles beneficios del desarrollo occidental, acoger la idea de un desarrollo humano y sostenible como posibilidad de perfeccionamiento social para avanzar en el campo de la salud pública de lo simple a lo complejo, del desconocimiento al conocimiento, de lo insuficiente a lo mejor y de lo injusto a lo justo (Campos, 2009). El desarrollo en el PDSP 2022-2031 es comprendido como una categoría macrosocial de carácter multidimensional: humano, social, económico, ambiental y político-institucional que requiere del concurso de distintos actores y sectores para incidir significativamente en el abordaje de los determinantes sociales de la salud. Implica reconocer la coexistencia de una heterogeneidad de políticas públicas orientadas desde distintos sectores, perspectivas y lineamientos de manera dispersa, fragmentada e insuficiente que han generado duplicidades y tensiones de carácter estratégico y operativo que precisan, en relación con las políticas ya existentes, de análisis, adecuación regulatoria y armonización con el objeto de alcanzar interacciones efectivas frente a la gestión integral para la salud pública territorial.

Artículo ANEXO (417/705)

En consecuencia, las próximas políticas en salud requerirán de una gestión intersectorial eficaz que permita: la construcción de una visión integrada de los determinantes sociales en salud y la generación de acuerdos institucionales y sociales para su abordaje; la realización de un trabajo de cogestión (participativo y colaborativo) en sus distintas fases de planeación, implementación y evaluación; el desarrollo de capacidades relacionales, técnicas y de financiación; y la adecuada distribución presupuestal y asignación de recursos entre los sectores y actores participantes. La gobernabilidad en la gestión para la salud pública en el ámbito del desarrollo implica recuperar la autoridad, capacidad y responsabilidad institucional frente a la gestión de lo público al asegurar el equilibrio social, económico y ambiental del desarriollo y al reestablecer la confianza por parte de la ciudadanía en el gobierno como garante de la éstabilidad política del sistema. Por su parte, la gobernanza para el desarrollo requiere de la construcción de acuerdos vinculantes entre actores y RESOLUCIÓN NÚMERO 1035 DE 14 DE JUNIO DE 2022 Hoja No. 166 de 273 capítulos diferenciales.- indígena para los pueblos y comunidades indígenas de Colombia, población víctima de conflicto armado, el Pueblo Rrom y la población negra, afrocolombiana, raizal y palanquera" sectores que trasciendan -sin eliminar- la sumatoria de 'ofertas sectoriales, institucionales, sociales, comunitarias, profesionales o disciplinares existentes' y que, orquestadas desde el gobierno territorial, articulen de manera integrativa las distintas respuestas sociales para la resolución efectiva de las necesidades poblacionales y territoriales.

Artículo ANEXO (418/705)

Entre las instancias que participan del desarrollo se encuentran actores del nivel supranacional, nacional y subnacional que concurren en el accionar intersectorial, e incluyen, pero no se limitan a: los departamentos administrativos; las entidades territoriales adscritas a los distintos ministerios, la sociedad civil organizada, las instancias de cooperación internacional y la comunidad en general. El Territorio. Acoger la gestión del territorio implica reconocerlo como un espacio en donde se materializan los distintos modos de vivir, enfermar y producir salud, el cual involucra dinámicas de ajuste y creación bajo condiciones materiales particulares, pero también simbólicas, en constante interacción y resignificación por parte de los sujetos que lo habitan que, aunque determinados Material y socialmente, tienen la capacidad de interactuar entre sí y con el territorio para coproducir viday salud según sus necesidades, deseos e intereses (Molina, 2018). El territorio es entendido en el PDSP 2022-2031 como un espacio político administrativo necesario para el desarrollo del gobierno de la salud pública, pero también como un lugar donde acontece y se construye social y subjetivamente la vida y la salud, por tanto requiere articular dimensiones naturales, sociales y subjetivas para su comprensión. En consecuencia, la gestión integral para la salud pública territorial brinda la posibilidad de abordar situacional y diferencialmente las necesidades en salud de los distintos grupos poblacionales del país. Abordaje territorial anclado a formas de subjetivar el territorio y a particularidades contextuales históricas, ambientales, políticas, económicas, sociales y culturales que lo caracterizan, en el marco de relaciones de poder jerarquizadas y dinámicas de vulneración social y ambiental que demandan su superación. Así, el ordenamiento territorial político institucional bajo el direccionamiento de la autoridad territorial es la base estructural del gobierno de la salud pública, que adicionalmente requiere del concurso de los distintos actores y sectores a nivel territorial para consolidar la gobernanza en salud pública de cara al logro del desarrollo humano y sostenible al que se aspira.

Artículo ANEXO (419/705)

Desarrollo que no se decreta, sino que se hace posible desde el gesto territorial particular que precisa de la cogestión dialógica para la toma de decisiones y la acción colaborativa, participativa y comprometida para la gestión integral de la salud pública territorial. Por tanto, los territorios requieren de procesos de gestión democrática y participativa que permitan: el desarrollo de capacidades territoriales, institucionales y sociales para la cogestión de la salud pública; el fortalecimiento de estructuras y escenarios organizativos plurales para la participación social; el ejercicio de rendición de cuentas y veeduría ciudadana adaptado y apropiado según los diferenciales poblacionales y territoriales; la generación, traducción y apropiación social de conocimientos y saberes que optimicen las decisiones en salud pública en respuesta a las necesidades en salud y configuraciones propias del territorio; y el relacionamiento entre distintos .actores sociales, políticos, económicos y ambientales de carácter estratégico que propicien el intercambio de conocimientos, recursos y capacidades para adelantar una acción colaborativa frente al interés común de mejorar la salud, el bienestar y la calidad de vida de sus habitantes. El Cuidado. El cuidado se concibe como una facultad humana que supera los roles de género y que implica una disposición relacional y una práctica responsable consigo mismo, con otros/as y con el entorno. Un proceso que recurre a escuchar, prestar atención, estar presente, actuar con tacto, generar confianza y brindar una respuesta integral y respetuosa ante las necesidades de otros/as y del entorno. El cuidado no es un asunto privado ni mucho menos individual, constituye en sí mismo una responsabilidad pública y colectiva, una ética (Gilligan, 2013). El cuidado es acogido por el PDSP 2022-2031 como un compromiso práctico consigo, con otros/as y cón el entorno que constituye un requerimiento moral para sustentar la vida bajo el reconocimiento de la vulnerabilidad humana, social y ambiental en vinculo con nuestra naturaleza interdependiente.

Artículo ANEXO (420/705)

Acoger el cuidado implica la realización de esfuerzos sostenidos individuales y colectivos para reparar, conservar y perpetuar la salud y la vida. De ahí que los cuidados se constituyen en un soporte vital y por tanto constitutivo de la garantía de derechos y la protección social. Lo anterior implica la necesidad de reconocer, redistribuir y reducir el trabajo de cuidado no remunerado, entendiéndolo como una función social necesaria para la vida diaria de las personas y el funcionamiento de la sociedad. En consecuencia, el PDSP 2022-2031 orienta una especial RESOLUCIÓN NÚMERO 1035 DE 14 DE JUNIO DE 2022 Hoja No. 167 de 273 capítulos diferenciales: indigena para los pueblos y comunidades indígenas de Colombia, población víctima de conflicto armado, el Pueblo Rrom y la población negra, afrocolombiana, raizal y palanquera" protección por quienes ejercen el cuidado para avanzar en la resolución de sus necesidades. especificas como un avance significativo hacia la justicia social En contextos donde existen determinantes estructurales distantes de nuestra intervención directa, así como condiciones y factores no modificables, siempre habrá lugar para el cuidado individual y colectivo, en toda circunstancia modificable y ante todo mejorable. Así, una cultura para el cuidado de la vida y la salud no solo promueve la importancia del cuidado, sino que reconoce el derecho a cuidar como una capacidad fundamental en vínculo con la gestión de lo público, en consecuencia, la organización social y colectiva de los cuidados cotidianos se constituye en un reto común para la gestión de la salud pública.

Artículo ANEXO (421/705)

En ese sentido, la gestión del cuidado recurre al reconocimiento de las ciudades, entornos y ruralidades del país como soportes vitales para el desarrollo territorial y apela a la necesidad de promoverlos como escenarios cuidadores, es decir, como aquellos lugares donde transcurre la vida cotidiana en los cuales es posible tejer relaciones sociales más responsables, armónicas y sustentables entre los sujetos y con el territorio. Escenarios colaborativos y dialógicos donde individuos y colectivos son acogidos con respeto y amor, y se propician relaciones y condiciones de vida necesarias para alcanzar una vida digna y saludable. Recrear ciudades y ruralidades, así como entornos cuidadores, sean estos familiares, educativos, laborales, comunitarios e institucionales implica una gestión del cuidado centrada en las personas que permita caracterizar quiénes son los sujetos que los habitan, determinar cuáles son sus condiciones de vida y conocer sus expectativas frente a la transformación de dichas condiciones. Por tanto, la gestión de los escenarios cuidadores de la vida y la salud se construye de forma colectiva y creativa entre los distintos actores y sectores atendiendo a los diferenciales poblacionales y territoriales. En suma, la gestión del cuidado requiere de un trabajo interdisciplinario, interinstitucional e intersectorial como posibilidad de desarrollar capacidades que nos permitan resignificar las prácticas de cuidado de sí, de otros/as y de los entornos de manera que propicien condiciones para el cuidado de la vida y salud afectando positivamente los determinantes sociales de la salud. Niveles de Gestión para la Salud Publica ' Los niveles de gestión involucrados en la organización macro, meso y micro para la salud pública territorial del PDSP 2022-2031demandan procesos de coordinación y articulación multinivel y de cogestión democrática. Cada nivel define uná serie de acciones clave que se articulan a la propuesta estrategia del plan y precisan para su desarrollo de una serie de recursos (con énfasis que varían según contextos territoriales). Primer nivel: la macrogestión para la salud pública.

Artículo ANEXO (422/705)

Este nivel reconoce el desarrollo en su carácter macrosocial, multidimensional e intersectorial por tanto requiere para su realización de la rectoría del gobierno nacional, departamental, distrital y municipal, así como del concurso de las distintas instituciones gubernamentales, actores y sectores involucrados ya sea normativa o socialmente con la gestión del desarrollo (planeación, implementación, seguimiento, evaluación, inspección, vigilancia y control). La macrogestión de la salud pública está fundamentada en la acción intersectorial para el desarrollo social sostenible. Requiere a nivel nacional la definición de líneas de acción acordes a las aspiraciones de bienestar, desarrollo y calidad de vida del país, a saber: i) formulación de un marco para la planificación intersectorial; ii) desarrollo de políticas públicas para el abordaje integral de la salud humana, animal y ambiental; iii) estabilidad de los ingresos y situación económica digna; iv) mejora de las condiciones de empleo y trabajo; y) gestión del cambio climático para reducir los efectos sobre la salud de la población; vi) acceso a educación de calidad; vii) acceso a redes de servicios sociales y de salud para el cuidado integral de la vida y la salud; viii) gestión de ciudades, entornos y ruralidades saludables y sostenibles; ix) garantía progresiva del derecho humano a la alimentación; x) garantía del saneamiento, higiene y acceso adecuado a agua limpia; xi) construcción de una sociedad más justa y en paz. La macrogestión de la salud pública a nivel nacional está bajo la dirección y responsabilidad del gobierno central en coordinación con el MSPS y demás ministerios, entidades y departamentos administrativos involucrados en el abordaje intersectorial de los determinantes sociales de la salud.

Artículo ANEXO (423/705)

Destaca el rol de la Comisión Intersectorial de Salud Pública-CISP como instancia nacional para la RESOLUCIÓN NÚMERO 1035 DE 14 DE JUNIO DE 2022 Hoja No. 168 de 273 coordinación de la acción intersectorial, la formulación de políticas intersectoriales y la formulación e implementación de procesos de seguimiento y evaluación para la gestión de los determinantes sociales de la salud en el marco del Plan Decenal dé Salud Pública. La macrogestión de la salud pública se articula con la mesogestión a nivel territorial por medio de los Consejos Territoriales de Seguridad Social en Salud-CTSSS y los Consejos Territoriales de Planeación-CTP así como los Consejos Indígenas Territoriales y demás instancias territoriales de planeación participativa del nivel nacional y territorial." Los CTSSS y los CTP estarán en coordinación y articulación con la CISP quien orientará los lineamientos técnicos para la planeación, seguimiento y evaluación de la gestión del desarrollo intersectorial sin detrimento de la autonomía territorial frente a la planeación participativa y la respuesta a las necesidades contextualizadas en los distintos territorios. Asimismo, a nivel territorial los Consejos de Política Social en articulación con la CISP y el MSPS contribuirán a la gestión del desarrollo intersectorial. La macrogestión de la salud pública contempla como acciones clave: La formulación, implementación y evaluación de políticas, planes, programas y proyectos para el desarrollo social sustentable bajo los principios de cooperación, coordinación e integración en favor de la equidad, el derecho a la salud, el bienestar y la calidad de vida de quienes habitan el territorio colombiano. La coordinación y articulación de la acción sectorial, intersectorial y social para el abordaje efectivo de los determinantes sociales de la salud. El desarrollo de una agenda interministerial en el transcurso del próximo decenio para la gestión efectiva de los determinantes sociales de la salud. El desarrollo de instrumentos de política pública para la armonización normativa, la cogestión democrática y la participación intersectorial.

Artículo ANEXO (424/705)

El fortalecimiento de la Comisión Intersectórial de Salud Pública para mejorar su capacidad estratégica y operativa en la gestión integral para la salud pública territorial. El desarrollo de políticas públicas para la protección y promoción de los ecosistemas saludables. La consecución de recursos públicos y privados, nacionales y de cooperación internacional en la gestión integral para la salud pública territorial. La formulación e implementación de políticas para la evaluación, mejoramiento de la calidad e incentivos para el desarrollo de tecnologías en salud y la reducción de aranceles a la importación de tecnologías en salud no existentes en el país. El desarrollo de acciones para el fortalecimiento del nivel territorial en la implementación de planes, programa y proyectos de salud pública a partir de recursos del Sistema General de Participaciones El desarrollo y fortalecimiento de observatorios y centros de pensamiento en salud pública. El desarrollo de sistemas de información integrados e interoperables para optimizar la toma de decisiones y el logro de resultados en salud pública. El fortalecimiento de la gestión integral del conocimiento en el marco de la Vigilancia en Salud Pública, por medio de: i) el fortalecimiento e interoperabilidad de sistemas de información: integración del SIVIGILA y del Sistema Unificado de Información de Salud Ambiental-SUISA; el establecimiento de plataforma única de inscripción de establecimientos de interés sanitario; h) la generación de conocimiento: fortalecimiento del análisis de datos resultantes de la vigilancia en salud pública que permita el desarrollo de modelos predictivos y una vigilancia en salud pública prospectiva, Di) la apropiación social del conocimiento: fortalecimiento de los procesos de divulgación y comunicación de la información de la Vigilancia en Salud Pública. Asimismo, el fortalecimiento de la Vigilancia en Salud Pública institucional y comunitaria. El desarrollo de políticas progresivas de distribución de renta con incremento de la oferta pública y cobertura de servicios sociales, sociosanitarios y de salud, así como el mejoramiento de los procesos de selección de la población objetivo de estas políticas a partir de mejores sistemas de información.

Artículo ANEXO (425/705)

La ggarantía de los recursos para la implementación de la política de participación social y el fortalecimiento de la participación social en salud, institucionalizada y no institucionalizada, 75 Los CTP son instancias territoriales de planeación, creados por disposición constitucional para garantizar la participación ciudadana en la construcción y seguimiento de políticas públicas a nivel territorial, en virtud del principio de la planeación participativa. Se reconocen como instancias de planeación territorial a nivel nacional el Consejo Nacional de Planeación y el Congreso de la República y como instancias del nivel territorial los CTP, las Asambleas Departamentales, los Concejos Municipales, Distritales y las Entidades Territoriales Indígenas. Tomado de: https://www.cnp.gov.co/normativarnorrnafiva-ctp RESOLUCIÓN NÚMERO 1035 DE 14 DE JUNIO DE 2022 Hoja No. 169 de 273 de conflicto armado, el Pueblo Rrom y la población negra, afrocolombiana, raizal y palanquera" de manera efectiva e incidente en la toma de decisiones a nivel nacional y en condiciones de respeto por la autonomía y pluralidad organizativa. Otras que sean concertadas entre los actores y sectores que participan de este nivel y que contribuyan a la gestión integral para la salud pública territorial. Segundo nivel: la mesogestión para la salud pública. Este nivel se fundamenta en las concepciones señaladas anteriormente frente al territorio entendido como organización político- administrativa y como el lugar donde acontece y se construye social y subjetivamente la vida y la salud.

Artículo ANEXO (426/705)

La mesogestión de la salud pública contempla, no solo las posibilidades de articulación y reordenamiento a partir de esquemas asociativos que en el marco de la normatividad brinda la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial y los Planes de Ordenamiento Departamental y Territorial en los ámbitos urbano y rural, sino además otras dinámicas propias y posibles de configuración y reconfiguración de los telritorios que sin corresponder a la división político administrativa constituyen en sí mismas formas particulares de territorializar la vida y la salud. Así, la mesogestión se organiza en configuraciones territoriales e interterritoriales político-administrativas, propias o emergentes que reconocen la diversidad y responden a las particularidades de los distintos territorios en materia de salud pública. En ese sentido, la Atención Primaria Integral en Salud en tanto permite el trabajo en red y mulfinivel para dar respuesta a las necesidades diferenciales y territoriales se constituye en una estrategia eficaz de gestión integral para la salud pública y el sistema de salud a nivel territorial. La mesogestión de la salud pública está bajo la responsabilidad de las entidades territoriales, en cabeza de alcaldes y gobernadores, quienes se encargan de dirigir y coordinar la gestión territorial, administrativa y financiera de la salud pública, en el marco de sus competencias y bajo la garantía de su autonomia. Para lo anterior desarrollan procesos de planeación integral que requieren de la caracterización del territorio en términos de equipamiento, recursos y necesidades, así como del mapeo de actores clave para el desarrollo y que se plasman en los PTS. Particularmente, la mesogestión de la salud pública reconoce y acoge el modelo de Ciudades, Entornos y Ruralidades Saludables-CERS del MSPS como una experiencia exitosa para la gestión territorial de la salud pública que responde tanto a la agenda internacional76 y nacional", como al marco conceptual y estratégico del PDSP 2022-2031.

Artículo ANEXO (427/705)

En sus inicios CERS se adoptó como una estrategia a nivel local y nacional, que a partir de los desarrollos territoriales subsecuentes se transformó en un modelo que busca impactar positivamente los determinantes sociales de la salud y mejorar el bienestar y calidad de vida de personas, familias y comunidades en un compromiso con el desarrollo territorial integral que atiende á particularidades demográficas, socioeconómicas, culturales y ambientales. Así, el modelo CERS facilita el encuentro de actores y sectores alrededor de necesidades territoriales y la gestión de recursos, promueve alianzas estratégicas para el logro de objetivos comunes, impulsa la gestión participativa y colaborativa de políticas públicas y fortalece la participación social y transectorial. Dicha experiencia de más de siete años de desarrollo abarca todas las regiones del país y a la fecha ha sido socializada en 26 departamentos y distritos, nueve de ellos con acuerdos firmados y en 309 municipios con avances en diferentes fases, 76 de ellos con acuerdos firmados por sus mandatarios78, siendo acogida como parte integral de sus Planes de Desarrollo Territorial y Planes Territoriales de Salud. En tanto CERS promueve el ejercicio de la gobernanza democrática y participativa; articula la acción intersectorial, acoge el diálogo como un ejercicio fundamental para la cogestión de la salud pública; y fortalece la metodología para la planeación territorial a través del desarrollo de capacidades para el diagnóstico y priorización de necesidades en salud, la participación social y la construcción de alianzas, el seguimiento a las intervenciones, la evaluación de resultados y la optimización y control de los recursos, se convierte en un pilar que dinamiza de manera efectiva la gestión integral para la salud pública territorial.

Artículo ANEXO (428/705)

La mesogestión de la salud pública contempla Como acciones clave: 76 Responde a la agenda del Sistema de Naciones Unidas:E Objetivos de Desarrollo Sostenible del Plan de Naciones Unidas para el Desarrollo, Comisión de Determinantes Sociales de: la Salud, Ciudades y Municipios Saludables, Salud en Todas las Políticas y Una Salud de OMS. 77 A nivel nacional el Modelo CERS fue incluida por primera Vez en el PND 2014-2018 y posteriormente en el PND 2018-2022. 78 Un acuerdo firmado implica la voluntad del territorio para la implementación del Modelo CERS. RESOLUCIÓN NÚMERO 1035 DE 14 DE JUNIO DE 2022 Hoja No. 170 de 273 de conflicto armado, el Pueblo Rrom y la población negra, afrocolombiana, raizal y palanquera" La caracterización de las necesidades, prioridades, capacidades instaladas y actores clave en la gestión integral para la salud pública en los territorios. La caracterización del THSP disponible, suficiente y necesario en los territorios y la gestión de recursos financieros para la distribución y permanencia del talento humano en ámbitos rurales y rurales dispersos. La armonización de políticas", planes y sistemas (de salud, protección social y propios) a través de instrumentos de política pública. La coordinación y articulación en el territorio de políticas, planes, intervenciones y acciones de manera integrada y corresponsable entre la entidad territorial y los demás actores del sistema para la incidencia en el abordaje de los determinantes sociales de la salud: Planes de Desarrollo Territorial, Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial-PDET, Planes de Ordenamiento Territorial, Planes de Seguridad y Salud en el Trabajo, Planes Territoriales de Salud, Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas, Rutas Integrales de Atención en Salud y Plan de Beneficios en Salud con cargo a la Unidad de Pago por Capitación.

Artículo ANEXO (429/705)

El establecimiento de prioridades y arreglos institucionales para la acción conjunta y la cooperación técnica y financiera de la gestión integral para la salud pública territorial La conformación de redes integrales e integradas para el bienestar La garantía de la implementación de las RIAS El desarrollo de capacidades en los equipos de salud del nivel territorial en la gestión integral para la salud pública en los ámbitos urbanos, rurales y rurales dispersos. La integración de intervenciones poblacionales, colectivas e individuales en el territorio. La coordinación e integración de la estrategia promocional entre el modelo CERS, los entornos cuidadores y la promoción de la salud del modelo de atención de las condiciones de salud de la microgestión de la salud pública. El establecimiento de sistemas de información integrados e interoperables con disponibilidad de datos abiertos para garantizar procesos de transparencia y veeduría de la gestión pública. El desarrollo y actualización de modelos de séguimiento y evaluación con herramientas y tecnologías de analítica de datos que optimicen la toma de decisiones para la acción en salud pública. • El desarrollo y fortalecimiento de capacidades de los equipos técnicos de salud pública para la respuesta integral ante amenazas colectivas para la salud pública. El fortalecimiento de capacidades para adelantar procesos de educación en el campo de la salud pública que permitan una implementación adecuada de la APS en las entidades territoriales y en los grupos de base comunitaria. La inclusión en los planes de ordenamiento y desarrollo territorial de los enfoques diferenciales de curso de vida, género, étnico, entre otros diferenciales para personas en situación de discapacidad, habitantes de calle, personas privadas de la libertad, víctimas del conflicto armado y sociopolitico, campesinos y migrantes. La inclusión y gestión efectiva de los puntos del Acuerdo Final armonizados en términos de políticas, planes y programas para la garantía del derecho a la salud de personas, familias y comunidades en zonas rurales acogiendo los lineamientos del Plan Nacional de Salud Rural.

Artículo ANEXO (430/705)

La articulación del PTS con los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial-PDET dispuestos para los territorios más afectados por el conflicto armado para la garantía del derecho a la salud de personas, familias y comunidades en zonas rurales acogiendo los lineamientos del Plan Nacional de Salud Rural. La implementación de planes, estrategias, programas y proyectos para la superación de condiciones o situaciones que agregan vulnerabilidad e impiden el desarrollo humano y social de personas, familias y comunidades. Particularmente para personas víctimas del conflicto armado y sociopolítico. El desarrollo de arreglos institucionales y agendas estratégicas que permitan fortalecer las relaciones campo-ciudad y la solución de conflictos territoriales socioambientales. El desarrollo de acciones para la implementación efectiva de la integralidad e integración de las rutas y redes de atención en salud pública. El fortalecimiento de la participación de organizaciones sociales y comunitarias en los procesos de planeación territorial en salud y particularmente en la ejecución del PIC a través 79 El presente Plan inaugura el ejercicio de armonización de las regulaciones gubernamentales con el Plan Decenal para el Control del Cáncer y el Plan Nacional•para la Gestión de las Enfermedades Huérfanas/Raras. Para dar cumplimiento a los alcances de ambas políticas serán requeridos, de manera posterior a la expedición del PDSP, lineamientos técnicos que permitan formular e implementar las acciones especificas con sus respectivas metas e indicadores para dar cumplimiento a sus objetivos en el marco de la armonización de las regulaciones gubernamentales. RESOLUCIÓN NÚMERO 1035 DE 14 DE JUNIO DE 2022 Hoja No. 171 de 273 de conflicto armado, el Pueblo Rrom y la población negra, afrocolombiana, raizal y palenguera" de convenios de participación. Así como el fortalecimiento de las capacidades para la participación social en salud con enfoque diferencial poblacional y territorial.

Artículo ANEXO (431/705)

La implementación efectiva de la política de participación social en el nivel territorial y la conformación de redes comunitarias para el fortalecimiento de los procesos de participación social en salud con grupos sociales y comunitarios El desarrollo de capacidades de gestión integral para la salud pública en las organizaciones sociales y comunitarias con enfoque diferencial, La formulación de políticas públicas y acciones diferenciales afirmativas para garantizar los derechos de las mujeres y garantizar la igualdad sustantiva de género en los marcos legales yen la implementación de las políticas. El diseño de otros modelos para este nivel que puedan dar respuesta diferencial a las necesidades territoriales e interterritoriales en salud pública Otras que sean concertadas entre los actores y sectores que participan de este nivel y que contribuyan a la gestión integral para la salud pública territorial. Tercer nivel: la microgestión de la salud pública. Diferentes modelos de atención han sido desarrollados para mejorar la calidad del cuidado de las condiciones de salud". Existe evidencia frente a la efectividad de integrar, articular y coordinar a través de la estrategia de APS modelos de atención integral de las condiciones de salud desde diferentes enfoques: el cuidado de las condiciones crónicas, la salud familiar y comunitaria, el enfoque de riesgo y los determinantes sociales de la salud, lo que permite alcanzar mejores resultados en salud, mayor costo-efectividad y mejor satisfacción de las personas que utilizan los servicios (Mendes, 2014). De igual modo, existe evidencia frente a la efectividad de la atención de las condiciones de salud cuando se involucra la gestión participativa y las redes integrales e integradas de atención con ampliación de la clínica y gestión de casos (Massuda y Campos, 2010). Con base en estos antecedentes el nivel de la microgestión de la salud pública se constituye en un modelo de atención que permite la incorporación de diferentes enfoques para ofrecer una respuesta integral e integrada desde el sistema de salud frente a las condiciones de salud, lo que implica el diseño, implementación y evaluación de un modelo que tiene por objeto la atención integral, integrada y continua de las condiciones de salud agudas y crónicas de manera costo-efectiva y de calidad.

Artículo ANEXO (432/705)

Una atención centrada en el cuidado de las personas y sus familias con adaptaciones culturales y diferenciales que requiere de la conformación de equipos interdisciplinarios capacitados y coordinados y la participación informada y proactiva de las personas y sus familias para el cuidado de la salud. El modelo de atención integral de las condiciones de salud implica la cogestión del continuo del cuidado a través de la promoción de la salud, la prevención de la enfermedad, el diagnóstico, el tratamiento, la rehabilitación y paliación a lo largo del curso de la vida y en condiciones de accesibilidad, aceptabilidad, oportunidad, continuidad, integralidad y calidad. Dicho modelo es parte constitutiva del nivel de microgestión para la salud pública y está bajo la responsabilidad directa de aseguradoras y prestadores de los servicios de salud. La microgestión de la salud pública contempla como acciones clave: La caracterización de la población a cargo de las aseguradoras en términos de necesidades y prioridades de atención. La articulación y el desarrollo de acuerdos entre entidades territoriales y las entidades promotoras de salud para que la distribución y asignación de recursos se realice con base en el ASIS, la caracterización de la población y los eventos prioritarios en salud. La organización de la red de prestadores de servicios de salud primarios y complementarios. El desarrollo de un modelo de atención integral de las condiciones de salud que integre los enfoques de riesgo, cuidado integral, clínica ampliada, salud familiar y comunitaria según diferenciales poblacionales y territoriales. El desarrollo de equipos interdisciplinarios con familias y personas adscritas a su cargo. El desarrollo de capacidades de gestión integral para la salud pública en entidades promotoras de salud y prestadores 80 Las condiciones de salud hacen referencia a las circunstancias de salud de una persona, más o menos persistentes, cuyo abordaje requiere de respuestas coordinadas por parte de los sistemas de atención en salud, de carácter reactivo y episódico para las eventualidades agudas o proactivo y continuo para las eventualidades crónicas.

Artículo ANEXO (433/705)

Las condiciones de salud no se refieren exclusivamente a eventos de enfermedad, un momento del curso de vida, un embarazo se constituye en una condición de salud. RESOLUCIÓN NÚMERO 1035 DE 14 DE JUNIO DE 2022 Hoja No. 172 de 273 El desarrollo de capacidades para la atención integral de las condiciones de salud a través de estrategias de educación y comunicación en el campo de la salud pública. La articulación de las EPS en la formulaciórty ejecución de los PTS. El desarrollo de procesos de armonización para la concertación efectiva de los riesgos individuales y colectivos para la salud pública a partir de la armonización del ASIS y del plan de beneficios en salud. El diseño e integración de diferentes modalidades de prestación de servicios que involucran más no se limitan a: diseños específicos para la implementación de las RIAS, diseños específicos para la atención de enfermedades transmisibles con alta externalidad en ámbitos rurales y rurales dispersos, la atención domiciliaria, la conformación de grupos de apoyo para el cuidado de carácter socioeducativo y socio-terapéutico y el desarrollo de estrategias de telesalud y telemedicina. La prestación de servicios de salud seguros y humanizados con la garantía de la seguridad de la atención a través de prácticas de prevención cuaternaria y acción sin daño. El fortalecimiento y desarrollo efectivo de sistemas de información interoperables y sistemas de seguimiento y evaluación que optimicen la toma de decisiones y el logro de resultados en salud. El desarrollo de estrategias de anticipación de los riesgos en salud y financieros resultantes de la operación del aseguramiento y la prestación de servicios que puedan afectar el funcionamiento y/o el cumplimiento de objetivos. El desarrollo y fortalecimiento de redes sociales y de apoyo comunitario en salud que establezcan mecanismos para fomentar la participación de las personas y sus familias en los procesos de cuidado integral de las condiciones de salud. Asimismo implica la participación de organizaciones sociales y comunitarias en los procesos de cuidado integral de las condiciones específicas de salud.

Artículo ANEXO (434/705)

El desarrollo de estrategias de educación y comunicación para la salud que permitan la demanda inducida, el acceso efectivo a servicios sociales, sociosanitarios y de salud, el fortalecimiento de la participación de la población afiliada en las RIAS. El desarrollo y fortalecimiento de las capacidades de los prestadores de servicios de salud en la implementación de tecnologías en salud. Otras que sean concertadas entre los actores que participan de este nivel y que contribuyan a la gestión integral para la salud pública territorial. En suma, los tres niveles de gestión constituyen el Sistema de Gestión Integral para la Salud Pública Territorial. Dicho sistema en su globalidad apunta a la reducción de la carga de enfermedad y de las desigualdades en salud en la vía de alcanzar mayores niveles de equidad, lograr el derecho a la salud y un-ambiente saludable y garantizar las condiciones de vida y salud, así como de atención integral necesarias para el cumplimiento de las finalidades del PDSP 2022- 2031 Ver Figura 3. RESOLUCIÓN NÚMERO 1035 DE 14 DE JUNIO DE 2022 Hoja No. 173 de 273 de conflicto armado, el Pueblo Rrom y la población negra, afrocolombiana, raizal y palanquera" Figura. 3 Sistema de Gestión Integral para la Salud Pública Territorial Estrategias PDSP o AAA A A 4 0 k Participac ión Soc ia l en Sa lud o' ••••

Artículo ANEXO (435/705)

04. ros cEtts .1aAhaanaumpaammaa § EE Reto non »han y pnvackn. nanecialne Penitencie elel a mbitine y lo% ninhternal Cambian loimectorld & Sa tudPubbcs Annie, Intiinacienele‘pney Don reo% Ano-pela y á tendamlen te de la Olnemterlo• en Sud riittra Aran, IneteacteeiAl ~hl lemeaibk mtetnnekmaki Fuente: Ellboración MSPS RESOLUCIÓN NÚMERO 1035 DE 14 DE JUNIO DE 2022 Hoja No. 174 de 273 Capítulo 7. Responsabilidades de los Actores del Sector Salud en el PDSP 2022-2031 En el marco de la Gestión Integral de la Salud Pública el presente capítulo busca establecer las responsabilidades de los distintos actores del sector salud frente al cumplimiento del PDSP 2022- 2031, sin perjuicio de sus responsabilidades y competencias establecidas en otras normativas. Dichas responsabilidades incluyen las relacionadas Con los departamentos, distritos y municipios en sus distintas categorías. Con participación en diferentes niveles de gestión, se incluyen las entidades promotoras de salud y los prestadores de servicios de salud, como actores claves para la operación del SGSSS. Todos ellos, cumplen funciones en los distintos niveles macro, meso y micro de la gestión de la salud pública territorial con diferentes grados de coordinación y articulación que deben ser tenidos en cuenta tal como se señaló en el capitulo anterior.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Modificado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Parcialmente vigente»; normograma-msps-2022.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 74), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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