Artículo ANEXO (336/705)
Lo anterior requiere de la transversalización del enfoque de género, para transformar la cultura organizacional y las instituciones en sus distintos niveles procurando que el enfoque de género sea un elemento fundamental y permanente en la toma de decisiones y su uso se refleje en políticas públicas, planes, programas y proyectos que: i) incorporen acciones para resolver demandas y necesidades diferenciadas de hombres y mujeres; ü) permitan garantizar los derechos de las mujeres; Di) disminuyan y erradiquen las desigualdades, y brechas sociales y económicas, así como las violencias y diferentes tipos de discriminación que afectan principalmente a las mujeres. Asimismo, implica la educación del talento humano para la formación en derechos de las mujeres, enfoque de género, enfoque diferencial, prevención y atención de violencias basadas en género. Mejoramiento de condiciones de vida y salud Se relaciona con la promoción y el desarrollo de acciones sectoriales e intersectoriales para el mejoramiento de las condiciones de vida y salud de personas, familias y comunidades en los distintos entornos educativos, laborales, comunitarios, institucionales y del hogar, y especialmente en los ámbitos urbanos, rurales y rurales dispersos, lo que implica arreglos normativos e institucionales que apalanquen de manera comprometida y sostenible la proporción de la población con necesidades básicas satisfechas en términos de acceso a bienes y servicios básicos como vivienda digna, agua limpia apta para el consumo humano, saneamiento básico y servicios públicos domiciliarios. Implica el desarrollo de acciones afirmativas que mejoren condiciones de vida y salud para sujetos de especial protección, particularmente para mujeres cabeza de hogar en condiciones de vulnerabilidad socioeconómica. Promoción de estilos favorables a la vida y la salud Se relaciona con la promoción y el desarrollo en personas, familias y comunidades de estilos favorables a la vida y la salud.