Por la cual se modifica la Resolución 1747 de 2008 modificada por las resoluciones 2377 de 2008, 199, 990, 1184 y 2249 de 2009.

Resolución · 1004 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 1–5 de 5

Artículo 1

Modifíquese el campo 30 de la DESCRIPCION DETALLADA DEL REGISTRO DEL ARCHIVO TIPO 1DATOS GENERALES DEL APORTANTE. definido en el ARTÍCULO 3 de la Resolución 1747 de 2008, el cual quedará así: Cam | Long | Posición | Tipo Descripción Validaciones y Origen de los Datos po Ini. | Fin 30 1 552 | 552 N Tipo de Aportante “(..) 8 Pagador de aportes de los concejales municipales o distritales o de los ediles de las juntas administradoras locales que perciben honorarios.”.

Artículo 2

Modifíquese el numeral 8 - Pagador de aportes de los concejales municipales o distritales de la ACLARACIÓN AL CAMPO 30 - TIPO DE APORTANTE del ARTÍCULO 4 de la Resolución 1747 de 2008 modificada por las resoluciones 2377 de 2008, 199, 990, 1184 y 2249 de 2009, el cual quedará así: “ ARTÍCULO 4. ACLARACIONES A LOS CAMPOS DEFINIDOS EN EL ARTÍCULO 3. (.) ACLARACIÓN AL CAMPO 30 - TIPO DE APORTANTE: (.) 8 Pagador de aportes de los concejales municipales o distritales o de los ediles de las juntas administradoras locales que perciben honorarios. Los pagadores de los aportes de los concejales municipales o distritales o de los ediles de las juntas administradoras locales que perciben honorarios, deberán utilizar el tipo de aportante 8, para efectos de permitir realizar los aportes a la Protección Social de estos cotizantes, en especial el de los amparados por póliza de salud. (Jr

Artículo 3

Modifíquese el numeral 34 del campo 5 - TIPO DE COTIZANTE, de la DESCRIPCION DETALLADA DE LAS VARIABLES DE NOVEDADES GENERALES, definido en el ARTÍCULO 10 de la Resolución 1747 de 2008 modificada por las resoluciones 2377 de 2008, 199, 990, 1184 y 2249 de 2009, el cual quedará así: Cam Lon! Posición po 9 ini. | Fin Tipo Descripción Validaciones y Origen de los Datos 5 2 26 | 27 N Tipo de cotizante “(..) 34 Concejal municipal o distrital o edil de junta administradora local que percibe honorarios amparado por póliza de salud. (OUÍA RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2010 HOJA No 2

Artículo 4

Modifíquese el numeral 34 - Concejal amparado por póliza de salud de la ACLARACIÓN AL CAMPO 5 - TIPO DE COTIZANTE del ARTÍCULO 11 de la Resolución 1747 de 2008 modificada por las resoluciones 2377 de 2008, 199, 990, 1184 y 2249 de 2009, el cual quedará así: “ARTÍCULO 11. ACLARACIONES A LA DESCRIPCION DETALLADA DE LAS VARIABLES DE NOVEDADES GENERALES. (.) ACLARACIÓN AL CAMPO 5 - TIPO DE COTIZANTE: (.) 34 Concejal municipal o distrital o edil de junta administradora local que percibe honorarios. Este tipo de cotizante sólo puede ser utilizado cuando el campo 20 — TIPO DE APORTANTE definido en el Artículo 7, corresponda al valor de 8 y el cotizante sea un concejal o edil de junta administradora local que percibe honorarios, que está amparado por una póliza de salud y no afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud. Cuando se use este tipo de cotizante, solo es obligatorio el pago al subsistema de pensiones. (Jr

Artículo 5

VIGENCIA: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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