Artículo 1
Apruébase la "Enmienda del Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono", adoptada en Beijing, China, el 3 de diciembre de 1999.
Ley Ordinaria · 960 · 2005-06-28 · Jerarquía: nivel 5
Apruébase la "Enmienda del Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono", adoptada en Beijing, China, el 3 de diciembre de 1999.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o de la Ley 7ª de 1944, la "Enmienda del Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono", adoptada en Beijing, China, el 3 de diciembre de 1999, que por el artículo 1o de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.
La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación. El Presidente del Senado de la República, LUIS HUMBERTO GÓMEZ GALLO. El Secretario General del Senado de la República, EMILIO RAMÓN OTERO DAJUD. La Presidenta de la honorable Cámara de Representantes, ZULEMA JATTIN CORRALES. El Secretario General de la Cámara de Representantes, ANGELINO LIZCANO RIVERA. REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL Ejecútese, previa revisión de la Corte Constitucional, conforme al artículo 241-10 de la Constitución Política. ÁLVARO URIBE VÉLEZ La Ministra de Relaciones Exteriores, CAROLINA BARCO ISAKSON.
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Ley Ordinaria
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 5
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).
Documento oficial: ver original