La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.
Presentado al honorable Congreso de la República por las suscritas Ministras del Relaciones Exteriores y de Cultura.
La Ministra de Relaciones Exteriores,
CAROLINA BARCO ISAKSON.
La Ministra de Cultura
MARÍA CONSUELO ARAÚJO CASTRO.
EXPOSICION DE MOTIVOS
Honorables Senadores y Representantes:
En nombre del Gobierno Nacional y en cumplimiento de los artículos 150 numeral 16 y 189 numeral 2 de la Constitución Política de Colombia, presentamos a consideración del honorable Congreso de la República el Proyecto de ley por medio de la cual se aprueba el Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Bolivia para la Recuperación de Bienes Culturales y otros Específicos Robados, Importados o Exportados Ilícitamente, suscrito en la ciudad de La Paz, a los veinte (20) días del mes de agosto del año dos mil uno (2001).
La gran variedad de objetos que conforman el patrimonio cultural de cada país son esenciales para la comprensión de la historia y para la permanencia de la memoria colectiva de las sociedades, soporte fundamental de la identidad nacional.
Estas producciones y sus contextos, son testigos fehacientes del devenir histórico del hombre, valiosa fuente de investigación y vínculo entre el pasado, el presente y el futuro.
Sin embargo, es una realidad que estos testimonios se están perdiendo por muchas razones, entre ellas el tráfico ilícito, considerado en la reciente Cumbre de Las Américas celebrada en Quebec, como una amenaza multidimensional a la seguridad de las sociedades.
Los gobiernos han reconocido la necesidad de fortalecer las estrategias para impedir el tráfico ilícito de bienes culturales y se han comprometido en cooperar activamente, tanto en el nivel nacional como internacional, para luchar contra este flagelo.
Basados en los principios de la cooperación internacional, la Unesco y el Icom han promovido la adhesión a convenios multilaterales y bilaterales que contribuyan a la protección del patrimonio cultural de las naciones, constituido por los bienes culturales existentes en su territorio.
La Convención sobre las medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la importación, la exportación y la transferencia de propiedad ilícitas de bienes culturales es el instrumento, a nivel internacional, más eficaz para proteger los bienes culturales contra los peligros que contribuyen al empobrecimiento del patrimonio cultural de los países de origen.
Considerando que la cooperación bilateral contribuye al desarrollo y fortalecimiento de la Campaña Nacional contra el Tráfico Ilícito de Bienes Culturales, promovida por el Ministerio de Cultura de Colombia, en donde la cooperación bilateral y multilateral es fundamental para proteger, no solo el patrimonio de Colombia, sino el de los demás países.
Teniendo en cuenta lo anterior el Gobierno Nacional, a través de sus Ministros de Relaciones Exteriores y de Cultura, solicita al honorable Congreso de la República, aprobar el Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Bolivia para la Recuperación de Bienes Culturales y otros Específicos Robados, Importados o Exportados Ilícitamente, suscrito en la ciudad de La Paz, a los veinte (20) días del mes de agosto del año dos mil uno (2001).
La Ministra de Relaciones Exteriores,
CAROLINA BARCO ISAKSON.
La Ministra de Cultura
MARÍA CONSUELO ARAÚJO CASTRO.
LEY 424 DE 1998
(enero 13)
Por la cual se ordena el seguimiento a los convenios internacionales suscritos por Colombia.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA: