Por medio de la cual se aprueba el Convenio sobre la Marcación de Explosivos Plásticos para los fines de Detección, hecho en Montreal, el primero (1°) de marzo de mil novecientos noventa y uno (1991).

Ley Ordinaria · 831 · 2003-07-10 · Jerarquía: nivel 5

Vigente
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1

Apruébanse el "Convenio sobre la Marcación de Explosivos Plásticos para los fines de Detección, hecho en Montreal, el primero (1°) de marzo de mil novecientos noventa y uno (1991)".

Artículo 2

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7ª de 1944, el "Convenio sobre la Marcación de Explosivos Plásticos para los fines de Detección, hecho en Montreal, el primero (1°) de marzo de mil novecientos noventa y uno (1991)", que por el artículo 1° de esta ley se aprueban, obligarán al país a partir de la fecha en que se perfeccione los vínculos internacionales respecto de los mismos.

Artículo 3

Esta ley rige a partir de la fecha de su publicación.

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Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Documento oficial: ver original

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