Por la cual se dictan normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones.

Ley Ordinaria · 818 · 2003-07-08 · Jerarquía: nivel 5

Vigente
Articulado
Artículos 1–9 de 9

Artículo 1

Por el cual se adiciona el artículo 424 del Estatuto Tributario con la siguiente subpartida arancelaria. 17.01.11.10.00 Chancaca (panela, raspadura). Obtenida de la extracción y evaporización en forma artesanal de los jugos de caña de azúcar en trapiches paneleros.

Artículo 2

Adiciónese el artículo 468-2 del Estatuto Tributario con el siguiente código de la nomenclatura Nandina. 03.01 Peces vivos, excepto los peces ornamentales de la posición 03.01.10.00.00.

Artículo 3

<Artículo INEXEQUIBLE>

Artículo 4

<Artículo INEXEQUIBLE>

Artículo 5

<Artículo INEXEQUIBLE>

Artículo 6

<Artículo INEXEQUIBLE>

Artículo 7

<Artículo INEXEQUIBLE>

Artículo 8

<Artículo INEXEQUIBLE>

Artículo 9

Esta ley rige a partir desde el momento de su promulgación y deroga todas las normas que le sean contrarias.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Documento oficial: ver original

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