Artículo 4
La presente ley rige a partir de su promulgación.
Ley Ordinaria · 801 · 2003-03-13 · Jerarquía: nivel 5
La presente ley rige a partir de su promulgación.
Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.
Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Ley Ordinaria
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 5
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).
Documento oficial: ver original