Artículo 1
Apruébase el Tratado de Cooperación para la Asistencia en Materia Humanitaria entre la Soberana Orden de Malta y el Gobierno de la República de Colombia, firmado en Roma, el 30 de septiembre de 1999.
Ley Ordinaria · 767 · 2002-07-31 · Jerarquía: nivel 5
Apruébase el Tratado de Cooperación para la Asistencia en Materia Humanitaria entre la Soberana Orden de Malta y el Gobierno de la República de Colombia, firmado en Roma, el 30 de septiembre de 1999.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o. de la Ley 7a. de 1944, el Tratado de Cooperación para la Asistencia en Materia Humanitaria entre la Soberana Orden de Malta y el Gobierno de la República de Colombia, firmado en Roma, el 30 de septiembre de 1999, que por el artículo primero de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.
La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Ley Ordinaria
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 5
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).
Documento oficial: ver original