FUNCIONES. La Asociación Colombiana de Radiología, tendrá entre otras, las siguientes funciones:
a) Actuar como asesor consultivo del Gobierno Nacional en materias de su especialidad médica;
b) Actuar como organismo asesor y consultivo del Consejo Nacional del Ejercicio de la profesión médica y de instituciones universitarias, clínicas o de salud, que requieran sus servicios y para efectos de la reglamentación o control del ejercicio profesional;
c) Ejercer vigilancia, contribuir con las autoridades estatales, para que la profesión no sea ejercida por personas no autorizadas ni calificadas legalmente;
d) Propiciar el incremento del nivel académico de sus asociados, promoviendo en unión del Estado colombiano, de las instituciones educativas o de entidades privadas o de organizaciones no gubernamentales, mediante foros, seminarios, simposios, talleres, encuentros, diplomados y especializaciones;
e) Vigilar que los centros médicos de radiología e imágenes diagnósticas que conforman el Sistema de Seguridad Social Integral, cumplan con los requisitos que el Ministro de Salud establezca respecto de la radioprotección y permisos de funcionamiento;
f) Delegar funciones de asesoría, consulta y control en zonas o regionales de la Asociación Colombiana de Radiología;
g) Darse su propio reglam ento y asumir las que le llegare a encargar el Estado colombiano o el Consejo Nacional del Ejercicio de la Profesión Médica.