Artículo 1
Apruébase el "Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica entre la República de Colombia y la República del Perú", suscrito en Lima el doce (12) de diciembre de mil novecientos noventa y siete (1997).
Ley Ordinaria · 577 · 2000-03-02 · Jerarquía: nivel 5
Apruébase el "Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica entre la República de Colombia y la República del Perú", suscrito en Lima el doce (12) de diciembre de mil novecientos noventa y siete (1997).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o. de la Ley 7a. de 1944, el "Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica entre la República de Colombia y la República del Perú", suscrito en Lima el doce (12) de diciembre de mil novecientos noventa y siete (1997), que por el artículo 1o. de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.
La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Ley Ordinaria
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 5
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).
Documento oficial: ver original