FUNCIONES DE LOS COMITÉS.
1. El Comité de Información Económica e Información sobre el Mercado se encargará de:
a) Examinar regularmente la disponibilidad y calidad de las estadísticas y demás información que necesite la Organización;
b) Analizar los datos estadísticos y los indicadores concretos que decida el Consejo para la vigilancia del comercio internacional de las maderas;
c) Mantener en examen permanente el mercado internacional de las maderas, su situación actual y sus perspectivas a corto plazo, sobre la base de los datos mencionados en el apartado b) y de otra información pertinente, incluidos los datos relacionados con el comercio no documentado;
d) Formular recomendaciones al Consejo sobre la necesidad y la índole de los estudios apropiados sobre las maderas tropicales, incluidos los precios, la elasticidad del mercado, las sustituciones de maderas en el mercado, la comercialización de nuevos productos y las perspectivas a largo plazo del mercado internacional de las maderas tropicales y supervisar y examinar los estudios que le encargue el Consejo;
e) Realizar cualesquiera otras tareas relacionadas con los aspectos económicos, técnicos y estadísticos de las maderas que le sean confiadas por el Consejo;
f) Participar en la prestación de cooperación técnica a los países miembros en desarrollo a fin de mejorar sus servicios estadísticos pertinentes.
2. El Comité de Repoblación y Ordenación Forestales se encargará de:
a) Fomentar la cooperación entre los miembros como asociados para el desarrollo de las actividades forestales en los países miembros, en particular en las esferas siguientes:
i) Repoblación forestal;
ii) Rehabilitación de bosques;
iii) Ordenación forestal;
b) Alentar el aumento de la asistencia técnica y la transferencia de tecnología en las esferas de la repoblación y la ordenación forestales a los países en desarrollo;
c) Seguir las actividades en curso en estas esferas e identificar y estudiar los problemas existentes y sus posibles soluciones en colaboración con las organizaciones competentes;
d) Examinar regularmente las necesidades futuras del comercio internacional de maderas tropicales industriales y, sobre esa base, identificar y considerar posibles planes y medidas adecuados en materia de repoblación forestal, rehabilitación de bosques y ordenación forestal;
e) Facilitar la transferencia de conocimientos en materia de repoblación y ordenación forestales, con la asistencia de las organizaciones competentes;
f) Coordinar y armonizar esas actividades de cooperación en las esferas de la repoblación y la ordenación forestales con las actividades pertinentes que se realicen en otros lugares, en particular en el marco de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, FAO, el Programa de la Naciones Unidas para el Medio Ambiente, PNUMA, el Banco Mundial, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, PNUD, los bancos de desarrollo regionales y otras organizaciones competentes.
3. El Comité de Industrias Forestales se encargará de:
a) Fomentar la cooperación entre los países miembros como asociados para el desarrollo de las actividades de elaboración en los países miembros productores, en particular en las esferas siguientes:
i) El desarrollo de productos mediante la transferencia de tecnologías;
ii) El desarrollo de los recursos humanos y la capacitación;
iii) La normalización de la nomenclatura de las maderas tropicales;
iv) La armonización de las especificaciones de los productos elaborados;
v) El fomento de las inversiones y las empresas mixtas, y
vi) La comercialización, incluida la promoción de las especies menos conocidas y menos utilizadas;
b) Fomentar el intercambio de información a fin de facilitar los cambios estructurales necesarios para impulsar una elaboración mayor y más avanzada en interés de todos los países miembros, en particular los países miembros en desarrollo;
c) Seguir las actividades en curso en estas esferas e identificar y considerar los problemas existentes y sus posibles soluciones en colaboración con las organizaciones competentes;
d) Alentar el aumento de la cooperación técnica para la elaboración de las maderas tropicales en beneficio de los países miembros productores.
4. Para llevar a cabo de una forma equilibrada las labores de la Organización relacionadas con las políticas y con los proyectos, el Comité de Información Económica e Información sobre el Mercado, el Comité de Repoblación y Ordenación Forestales, y el Comité de Industrias Forestales:
a) Serán responsables de asegurar el examen, la evaluación y el control efectivos de los proyectos y de las actividades previas a proyectos;
b) Harán recomendaciones al Consejo en relación con los proyectos y las actividades previas a proyectos;
c) Seguirán la ejecución de los proyectos y de las actividades previas a proyectos y tomarán disposiciones para reunir y difundir lo más ampliamente posible sus resultados en beneficio de todos los miembros;
d) Desarrollarán ideas relativas a políticas y las presentarán al Consejo;
e) Examinarán regularmente los resultados de las actividades relacionadas con los
proyectos y con las políticas y formularán recomendaciones al Consejo sobre el futuro del programa de la Organización;
f) Examinarán regularmente las estrategias, criterios y prioridades para la preparación de programas y la realización de las actividades relacionadas con los proyectos conforme al plan de acción de la Organización y recomendarán al Consejo las revisiones que éste deba efectuar;
g)Tendrán en cuenta las necesidad de reforzar la creación de capacidad y el desarrollo de los recursos humanos en los países miembros;
h) Realizarán cualquier otra tarea que les asigne el Consejo en relación con los objetivos del presente Convenio.
5. La investigación y el desarrollo serán una función común de los Comités a que se hace referencia en los párrafos 1, 2 y 3 de este artículo.
6. El Comité de Finanzas y Administración se encargará de:
a) Examinar y formular recomendaciones al Consejo respecto de la aprobación de las propuestas para el presupuesto administrativo de la Organización y las operaciones de gestión de la Organización;
b) Examinar los haberes de la Organización a fin de asegurarse de su prudente gestión y de que la Organización dispone de reservas suficientes para la realización de su trabajo;
c) Examinar y formular recomendaciones al Consejo sobre las repercusiones presupuestarias del programa de trabajo anual de la Organización y las medidas que podrían tomarse a fin de garantizar los recursos necesarios para realizar dicho programa de trabajo;
d) Recomendar al Consejo la elección de auditores independientes y examinar los estados de cuenta comprobados por dichos auditores;
e) Recomendar al Consejo las modificaciones del reglamento del Consejo o del reglamento financiero de la organización que considere necesarias;
f) Examinar los ingresos de la organización y la medida en que éstos limitan la labor de la Secretaría.
RELACIÓN CON EL FONDO COMÚN PARA LOS PRODUCTOS BÁSICOS.