Por la cual se rinde homenaje a la memoria del compositor, arreglista y director de orquesta Francisco "Pacho" Galán y se ordena en su homenaje la construcción y dotación de una casa de cultura.

Ley Ordinaria · 423 · 1998-01-13 · Jerarquía: nivel 5

Vigente
Articulado
Artículos 1–4 de 4

Artículo 1

Con motivo de cumplirse el 21 de julio de 1996 ocho (8) años del fallecimiento del Compositor, Arreglista y Director de Orquesta Costeño Francisco "Pacho Galán", la Nación colombiana exalta su memoria, y ordena en su homenaje la construcción y dotación de la Casa de la Cultura de Soledad, Atlántico, "Francisco Pacho Galán", para lo cual la Nación se vincula dentro de la cofinanciación de la obra en un setenta por ciento.

Artículo 2

El Gobierno Nacional por intermedio del Ministerio de Educación dispondrá la cofinanciación en un setenta por ciento para la construcción y dotación de que trata el artículo anterior, la cual contará con una biblioteca, hemeroteca, sala de música y conciertos, sala de conferencias y demás dependencias que permitan el fortalecimiento de la cultura de la costa, en especial del pueblo soledeño.

Artículo 3

El Gobierno Nacional apropiará las partidas presupuestales correspondientes para el cumplimiento de esta ley.

Artículo 4

Esta ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

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Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Documento oficial: ver original

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