El instrumento original de la presente Convención, cuyos textos en español, francés, inglés y portugués son igualmente auténticos, será depositado en la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos, la que enviará copia certificada de su texto para su registro y publicación a la Secretaría de las Naciones Unidas, de conformidad con el artículo 102 de la Carta de las Naciones Unidas. La Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos notificará a los Estados Miembros de dicha Organización y a los Estados que se hayan adherido a la Convención, las firmas, los depósitos de instrumentos de ratificación, adhesión y denuncia, así como las reservas que hubiere.
El suscrito Jefe de la Oficina Jurídica
del Ministerio de Relaciones Exteriores,
HACE CONSTAR:
Que la presente reproducción es fiel copia, tomada del texto certificado de la "Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, suscrita en Cartagena de Indias, el 9 de diciembre de 1985, que reposa en los archivos de la Oficina Jurídica de este Ministerio.
del mes de agosto de mil novecientos noventa y seis.
El Jefe Oficina Jurídica,
HECTOR ADOLFO SINTURA VARELA.
RAMA EJECUTIVA DEL PODER PUBLICO
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Santa Fe de Bogotá. D. C.,
Aprobado. Sométase a la consideración del honorable
Congreso Nacional para los efectos Constitucionales.
(Fdo.) ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
(Fdo.) RODRIGO PARDO GARCIA-PEÑA
DECRETA:
ARTICULO 1o. Apruébase la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, suscrita en Cartagena de Indias el 9 de diciembre de 1985.
ARTICULO 2o. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o. de la Ley 7a de 1944, la Convención Interamericana para prevenir y sancionar la tortura, suscrita en Cartagena de Indias el 9 de diciembre de 1985, que por el artículo 1o de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto de la misma.
ARTICULO 3o. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.