Por la cual se rinde homenaje al ciudadano meritorio doctor Antonio Escobar Camargo, asignándole su nombre a una Obra de Interés Público.

Ley Ordinaria · 394 · 1997-07-29 · Jerarquía: nivel 5

Vigente
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 1

El puente que cruza el Río Magdalena y une al Municipio de Plato en el Departamento del Magdalena con el Municipio de Zambrano en el Departamento de Bolívar, se denominará Antonio Escobar Camargo.

Artículo 2

La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Documento oficial: ver original

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