Artículo 1
La Nación se asocia a la celebración de los sesenta (60) años de existencia del Colegio Nacional Instituto Técnico Superior de Neiva, Huila, rinde tributo a su fundador, don Angelino Vargas Perdomo, exalta las virtudes de sus profesores, estudiantes y egresados. Para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley, el Gobierno Nacional ayudará a través de los mecanismos de cofinanciación establecidos en las normas sobre la materia, a efectuar las obras que mejoren la prestación de los servicios que correspondan al Colegio Nacional Instituto Técnico Superior de Neiva, Huila, que a continuación se detallan: a) Construcción y dotación de un teatro auditorio; b) Construcción y dotación de una biblioteca; c) Construcción y dotación física de laboratorios; d) Mejoramiento y actualización de la dotación de talleres de las diferentes especialidades que ofrece el plantel así: Construcciones civiles, mecánica industrial, metalistería, electricidad y electrónica, ebanistería y modelería, dibujo técnico, fundición y metalurgia, mecánica automotriz; e) Construcción y adecuación de un polideportivo; f) Construcción y dotación de una sala de proyecciones; g) Construcción y dotación de una sala de cómputo; h) Reconstrucción total del sistema de cañerías desagües.