Por la cual se modifica el artículo 2o.

Ley Ordinaria · 362 · 1997-02-18 · Jerarquía: nivel 5

Vigente
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 1

<Artículo derogado por el Artículo 53 de la Ley 712 de 2001. La Ley 712 de 2001 entró en vigencia seis (6) meses después de su publicación>.

Artículo 2

La presente Ley rige desde su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Documento oficial: ver original

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