Por medio de la cual se aprueban las Recomendaciones 171 sobre los servicios de Salud en el Trabajo; 172 sobre la utilización del asbesto en condiciones de seguridad; 173 sobre el bienestar de la gente de mar en el mar y en puerto; 174 sobre la repatriación de la gente de mar; 176 sobre el fomento del empleo y la protección contra el desempleo; 178 sobre el trabajo nocturno; 179 sobre las condiciones de trabajo en los hoteles, restaurantes y establecimientos similares…

Ley Ordinaria · 347 · 1997-01-16 · Jerarquía: nivel 5

Vigente
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 1

Apruébanse las "Recomendaciones 171 sobre los servicios de Salud en el Trabajo; 172 Sobre la utilización del asbesto en condiciones de seguridad; 173 Sobre el bienestar de la gente de mar en el mar y en puerto; 174 Sobre la repatriación de la gente de mar; 176 Sobre el fomento del empleo y la protección contra el desempleo; 178 Sobre el trabajo nocturno; 179 Sobre las condiciones de trabajo en los hoteles, restaurantes y establecimientos similares y 180 sobre la protección de los créditos laborales en caso de insolvencia del empleador", adoptadas por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo.

Artículo 2

La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación. LUIS FERNANDO LONDOÑO CAPURRO

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Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Documento oficial: ver original

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