Artículo 1
Apruébase el Acuerdo Comercial entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Checa, suscrito en Santa Fe de Bogotá, D.C., el 2 de mayo de mil novecientos noventa y cinco (1995).
Ley Ordinaria · 341 · 1996-12-27 · Jerarquía: nivel 5
Apruébase el Acuerdo Comercial entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Checa, suscrito en Santa Fe de Bogotá, D.C., el 2 de mayo de mil novecientos noventa y cinco (1995).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o. de la Ley 7a. de 1944, el Acuerdo Comercial entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Checa, suscrito en Santa Fe de Bogotá, D.C., el 2 de mayo de mil novecientos noventa y cinco (1995), que por el artículo primero de esta Ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.
La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.
Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.
Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Ley Ordinaria
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 5
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).
Documento oficial: ver original