, Definiciones. Poro los efectos de lo presente ley, entiéndase por: a. Niños y niños extraviados: Son todos los personas menores de 18 años que salen o son extraídos de su domicilio, residencio , establecimiento educativo u otro lugar y no pueden retornar 01 mismo o o su hogar, y su familia o núcleo cercano no puede ubicarlos. b. Personas llamados o reportar: Los podres, representantes legales, quien ostente lo custodio o cuidadores, familiares del niño o niño representantes legales o el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar deberán realizar el debido reporte de formo inmediato o "través de cualquiera de los medios digitales disponibles, o de manero presencial cuando no se tengo acceso o servicios tecnológicos. c . Alerto Colombia: Herramienta de difusión de información de los datos de niños y niños extraviados poro alertar, o través de los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones móviles de formo gratuito y cualquier canal o medio tecnológico que sirvo poro lo difusión masivo o los autoridades yola ciudadanía sobre los niños y niños extraviados, con el fin de activar mecanismos de búsqueda, localización y recuperación de éstos de formo inmediato. d . Datos biométricos: · Son · aquellos datos sensibles ·· que permiten individualizar o uno persono notural o través del reconocimiento de uno característico físico intransferible que lo distingue de otra persono como lo son el rec'onocir:niento facial o través de fotografías, entre otros. ·~ . 2584 e. DaTos persono!es: Cuü:qui8r' inforrnación vinculado ', p , que ,pueda asociarse una o varias personos naTurales determinados determinables, o ' . . I o L ,Aut.orización- ,Y ,divulgación del tralor Y1ien.to de dotos bionlélricos, y [iórscnoi8s" de hiñas '! niYics: Es ,aquel documento escrito. q~e qebe ;;er radicado en físico 'o córgado a !a plataformQ \/irtual dispuestoporellnstitu'to COlorY)biqrlQ de B\enesfar Fomiliur y de rnonera' físico el la Policía Nacional, doodeclJalquiero dé 'los oa~res, representantes legales, quien ostente la custbdia o ' C'j¡dodort;=!s ' outQriceri ' y consienten la c:iivulgoción y el tratamier1tode k,:'s d~tQsl~:íbn:":étricos y personales de los nlncs y nir""¡o), en " ' . . aras _de Clctivdr la AI8rtoCc·icmbitJ. g, Consen~¡rriier;to iQforrnodQ: Documenlo pOI' e : cucll se estClbiece el consentimientoir1foúnodo <J~~los podres, Tutores () repíesentcmtes !egales, Instituto Colombiano de Bienesfar Familiar, poro el tratamiento de los datos bioméfricos y personales de los niños y niñas, goronti~ondo Q:; j SIJ píolección y errespeto a sus derechos fundamentales. A.RTíCUlO 3°. Autorización: Para activar lo Alerta CGlombia de monero exp~ditc, onTe situocicr~~s de riesgo illminenje, cua!au ie ra d8 los padres quienes son los cue ostenton la pc!rio_po_te~bd, representantes legales , q'Jiénjenqolo ~:ustodi(1, cu'dcdores, familiares, o el il'stitL:1c Colon¡ b iono de Bieneslar Familiar al mOlTicnt,,J del repode de su extravío, deberón diligenciar '1 firmar de í::on~>roágil el consentimiento informado que outorice hacerü~,,:::, oeios dotes personales y b iométricos de los niños y niñas eX'lroviados en e: teír:for¡6 colombiano a ic Policía t--Jacional. En co~o de no tener autorización escfi;u , el ¡n~tituto Colombiano de Bienestar Fom ilio( o quien h ,u go sus Ve (:cs el: eilcrritorio con motivos fundados, solicitmó a le Policía NacionoJia activoción de la Aleda, El consentimiento informado contendró una nota que especifique que esjo autorización para el uso y tr,:;tamiento de datos sólo tendrá efecto en el caso de activar' lo /\Ierta Colornbic. Parágrafo.