Por medio de la cual la Nación y

Ley Ordinaria · 2551 · 2025-10-29 · Jerarquía: nivel 5

Vigente
Articulado
Artículos 1–7 de 7

Artículo 2°

. HONORES. Se autoriza al Gobierno Nacional. a "través del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes en conjunto con el Congreso de !a RepLlblica, rendir honores con una programación cultural, musical y deportiva especial entre los días 14 y 20 de agosto de 2027, fechas en que se adelantan las Fiestas de la Ituanguinidad y el Retorno. Parágrafo. Se autoriza de igual manera, al Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, y al Departamento de An"tioquia, para que establezcan y declaren en los días relacionados en este artículo, al municipio de Ituango como la capital departamental de la Cultura y de los Derechos Humanos del departamento de Antioquia en 2026, contribuyendo a la financiación y/o cofinanciación de las actividades programadas.

Artículo 3°

. RECONOCIMIENTO HISTÓRICO. Se autorizo al Gobierno Nacional, a través del I-J\inisterio de las Culturas, las Artes y los Saberes, para que adelante una investigación sobre la historia del municipio de Ituango, Departamento de Antioquia.

Artículo 4°

. RECONOCIMIENTO AMBIENTAL. Las entidades que integran el Sistema Nacional Ambiental-SINA con jurisdicción y competencia en el Parque Nacional Natural Para millo, podrán concurrir en la financiación de acciones de protección ambiental e hídrica, de conformidad con los instrumentos de planificación ambiental y territorial adoptados por la autoridad ambiental competente.

Artículo 5°

. RECONOCIMIENTO EN OBRAS. A partir de la promulgación de la presente Ley y de conformidad con los artículos 334, 341 Y 359, numeral 3 de la 2551 Constitución Política, cutorícese al Gobierno Nccionol para incorporar dentro del Pre~upuesto General de la Nación y/o impulsar a través del Sistema Nacional de Cofinanciación, las apropiaciones necesarias que permitan la ejecución de las siguientes obras de utilidad p'Jblica; interés general y de carácter vital para el municipio de Ituango: l . Conservación y Restauradón del Sendero Penitencial del Barrio Chapinero hasta el alto de Giles. 2. Conservación y ¡estouración arquitectónica del Parque de la Plazuela dei municipio de 1luango. 3. Conservación y Restauración del centro de bienestar del anciano, San Roque del municipio de Ituango. 4. Intervención vio Ituango - La Granja - Santa Rita . 5. Intervención vía Santa Rita - Pascuita . 6. Prevención y gestión de riesgo de desastres para la adaptación asociados al proyecto hidroeléctrico Ituango - Hidroituango. 7. Apertura de vía para el corregimiento El Aro del municipio de Ituango, Antioquia, por la represa de HidroituCtngo como medida de reparación al territorio en cumplimiento de la Sentencia de la Ccrte Interamericano de Derechos Hun!anos. 8. ~ecuperación, protección y conservación de ecosistemas estratégicos de Ips municipios PDET y ZOMAC-Ituango. . 9. '- Planta de Tratamiento de Agua Residual para los municipios PDF.T y ZOMAC. 10. Relleno Sanitario poro los municipios PDET y ZOMAC- Ituall~lo. 1J. Implementación de los Centros de Desarrollo Productivo ZASCAs- Ituango. 12. Territorios Turístico~. de Paz- Ituango. 13. Estrategia de contención de la deforestación e implementación de los núcleos de desarrollo forestal y bioeconomía de Para millo- Ituango. 14. Construcción y dotación de un museo de memoria histórica en el casco urbano del municipio de Ituango.

Artículo 6°

. RECONOCIMIENTO FílMICO. Autorícese al Gobierno Nacional a través del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en asocio con la Gobernación de Antioquia, y con la participación del Sistema Público de Medios [RTVC) y el Canal Regional Teleantioquia, a producir un documental que deberá ser trcmsmil"ido por la señal abierta de televisión pública y de los demás canales y plataformas regionales y de RTVC, sobre la historia del municipio de Ituango, departamento de Antioquia, destacando, además, los diferentes aspectos culturales, demográficos, sociales, y económicos del municipio, además del aporte de su territorio a la construcción de paz con justicia y derechos sociales y ambientales que tienen que ver con la construcción del mayor proyecto hidroeléctrico del país.

Artículo 7°

. ESTAMPillA CONMEMORATIVA. Se autoriza al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y a Servicios Postales Nacio:1a!es S.A. (4-72) en 2027, a emitir una estampilla como reconocimiento conmémorativo a~ Municipio de Ituango, departamento de Antioquia, al cumplirse .Ios 180 añ.os de su fwndación .. ARTlCUlO 8°. COMISiÓN COOROINADO'RA DE lACONMEMORACIÓN DE lOS 180 AÑOS DEL MUNICIPIO DE.ITUANGO, DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA. Se crea una Comisl6n qu·e ~ de .moneraarticula'da. ycoo~dinada con las entidades locales, departómentales y nacionales, será la encargadá de planear y gestionar todas 2 las actividades re!oc¡onadas con esta conmemoración, que estará integrada de la siguiente manera: ' o) Un/a delegodoia del Ministro/a de las Culturos, las Artes y los Saberes. b) Unja delegad%del Ministr% de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. c) Unja delegado/a de Gobernador/o del departamento de Antioquia. d) Alcalde/so del Municipio de Ituango. e) Unja representante del sector cultural del municipio. f) Unja representante del sector ambiental del municipio. g) Unja representante de las enlpresas de ¡luengo. h) Los congresistas nacidos en las subregiones del Norte, ~~ordeste y Bajo Cauca Anlioqueño. ij Unja representante de la comunidad indígena. j) Una mujer en representación de las matronas de! municipio. k) Urja representante de las JAC rural. Parágrafo. LCl comisión sesionorá con 5 integrantes cuando lo considere necesario y, de cualquier manera, por convocatoria de la Secretaría ele Cultura del municipio de Iluango o de quien haga sus veces, quien ejercerá la secretaría técnico.

Artículo 9°

. VIGENCiA. La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción y prornulgación. EL PRESIDENTE DEL HOr--JORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA LI EL SECRETARIO GE~~ERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA, EL PRESIDENTE ONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES, J L (E) DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES, 3 LEY No. 2~5 1 --------------------- "POR MEDIO DE LA CUAL LA NACiÓN Y EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA RINDEN PÚBLICO HOMENAJE Y SE VINCULAN A LA CONMEMORACiÓN DE LOS 180 AÑOS DE FUNDACiÓN INSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE ITUANGO, DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA, Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL PUBLíQUESE Y CÚMPLASE Dada , alos El ministro de Salud y Protección Social de la República de Colombia , delegatario de funciones legales y constitucionales , conforme al Decreto 1125 del 26 de octubre de 2025 LA MINISTRA DE TECNOLOGíAS DE LA INFORMACiÓN Y LAS COMUNICACIONES , EL MINISTRO DE LAS CULTURAS , LAS ARTES Y LOS SABERES , WILLI~ÍN-c..S·~~.z MOLlNA

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Función legislativa del Congreso (art. 150 C.P.)

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