. Autorícese al Gobierno nacional para que incorpore dentro de Presupuesto General de la Nación, correspondiente a las cinco (5) vigencias fiscales siguientes a la aprobación de la presente ley y de conformidad con los artículos 288, 334, 341, 346, 356 Y357 de la Constitución Política, así como de las competencias establecidas en la Ley 715 de 2011, las partidas necesarias correspondientes para financiar, dentro de los objetivos de su Plan de Desarrollo Institucional aprobado por el Consejo Superior de la Universidad del Valle, proyectos de infraestructura, dotación, bienestar universitario, investigación y extensión de la Universidad del Valle hasta por el valor de cien rnil millones de pesos ($100.000.000.000).