POR LA CUAL SE AUTORIZA AL BANCO DE LA REPÚBLICA PARA EMITIR

Ley Ordinaria · 2497 · 2025-07-28 · Jerarquía: nivel 5

Vigente
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1°

, Objeto. La presente ley tiene por objeto autorizar al B'anco de la República para emitir en el territorio colombiano una especie moneta:rl~de curso . . legal con fines conmemorativos o numismáticos para ~s veteranos de la Fuerzá. Pública. - ~

Artículo 2°

. Autorización. Autorícese al Banco de la República para emitir en el territorio colombiano una especie monetaria de curso legal con fines conmemorativos o numismáticos para los veteranos de la Fuerza Pública.

Parágrafo 1°. La definición de veteranos de la Fuerza Pública es aquella a que se refiere el artículo 2° de la Ley 1979 de 2019.
Parágrafo 2°. La especie monetaria de curso legal emitida en conmemoración de los veteranos de la Fuerza Pública conmemora el día del veterano establecido en el artículo 8° de la Ley 1979 de 2019.
Parágrafo 3°. , El Gobierno nacional, a través del Ministerio de Defensa o la entidad competente, destinará un porcentaje de los ingresos obtenidos por la venta de la moneda conmemorativa a fortalecer programas de bienestar para los veteranos de la Fuerza Pública, en áreas como salud, educación y apoyo a emprendimientos. Para ello, el Ministerio reglamentará la administración y ejecución de estos recursos, garantizando su destinación exclusiva a los beneficiarios.

Artículo 3°

, Vigencia. La presente ley rige a partir de su publicación. EL PRESIDENTE DEL HONORA IN CEPED SENADO DE LA REPÚBLICA EL SECRETAR.IO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE U\ REPUBLlCA ZALEZ lli~~~~~~~LE CÁMARA DE REPRESE.NTANTES NERAl DE LA H. CÁMARA DE REPRESENTANTES ACOUTUREPEÑAlOZA 2 LEY No. 24S7 ------------------- POR LA CUAL SE AUTORIZA AL BANCO DE LA REPÚBLICA PARA EMITIR EN EL TERRITORIO COLOMBIANO UNA ESPECIE MONETARIA DE CURSO LEGAL CON FINES CONMEMORATIVOS O NUMISMÁTICOS PARA LOS VETERANOS DE LA FUERZA PÚBLICA REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL PUBLíQUESE Y CÚMPLASE Dada, a los - EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉ EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL,

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Función legislativa del Congreso (art. 150 C.P.)

Preguntar a la IA sobre esta norma