. Comisión Preparatoria. Confórmese una Comisión Preparatoria que garantizará la coordinación para la celebración del Quinto Centenario de fundación del municipio de Malambo. Esta Comisión será la máxima instancia de articulación Nación - Departamento - Territorio. Tendrá competencias para preparar, diseñar, coordinar, gestionar y estructurar de manera integral el Plan Maestro y demás planes, proyectos y eventos a realizar con motivo de esta celebración, dentro de un marco 2 24~O de desarrollo y de transf0rmación del municipio, aprovechando sus potencialidades turísticas, agrícolas, ~esqueras, su cercanía a ciénagas, humedales y al Río Grande de la Magdalena, su diversidad étnica , cultural, entre otras. La Comisión estaré integrada por: Un delegado de la. Presidencia de la República. Un delegado del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes. Un delegado del Ministerio de Industria Comercio y Turismo. Un delegado del Mr'li5ter:o de Hacienda y Crédito Público. El Gerente de AsunTos Étnicos de la Gobernación del Atlór:t!co . El Coordinadcr de lo ')ficinq de Asuntos Étnicos Indígenas del municipio de Maiambo. . . g) El Director del inl)~'ih::t q de Cultl,Jra Municipal de Malar1llb,1. -, \ ~ ti! h) Un representcn r0 p0. . !OS comerciantes del municipio de ,Jo¡(jj'r~b'O (escogido por su agíemiaciór.) . . i) Un representante por ei gremio industrial del municipio de Malambo [escogido por ellos mismos). j) Un representante por :as Juntas de Acción Comunal del municipio ce Malambo [escogido por Áso:::;,::wílunal Malambo). k) Cuatro represemm;Tes de las comunidades étnicas: dos afrodescendientes (escogidos por e: Consejo Comunitario de Malambo), y dos indígenas [escogidos por d C~1biljo indigena respectivo). 1) Cuatro delegados de jo mociación de historiadores del mL'n¡cipio de Malambo. m) Un delegado de la S·:;cretaría de Cultura del Atlántico. n) Dos delegadcs de la Comisión Legal Afrocolombiana del Congreso de la Repúbnca. a) b) c) d) el . f) ~ .. Parógrafo 1°. La COI~i$i(, ;-, establecerá su propio reglamento, sesionará en el municipio de Malambo ordir~nct nente dos veces al año, una primero vez entre los meses de febrero y marzo y lo S.:'[1u ·lóa entre octubre y noviembre o, cljando se determine, de manera extraordinar:o. Esta comisión podrá invitar a sus sesiones a quienes consider'9 necesarios, con voz y sin voto. La integración de esta Comisión Preparatoria por parte de las entidades del orden nacional estará esrablec:da dentro del marco de sus competencias y acatando el principio de autonomía de las entidades territoriales contemplado en la Constitución Política y la ley. La implementación de e~~c Comisión Preparatoria estará acorde al Decreto 444 de 2023, que incorpoiQ (ílcdldas de austeridad. del Quinto Centenar<) d2 Fundación del municipio de Malambo estará conformada por cinco integrantes, los cuales serán elegidos por la Comisión Preparatoria. Parágrafo transitorio. La Comisión tendrá su primera sesión, dentro de los tres primeros meses siguientes de entrada en vigencia de la presente ley, la cual será convocada por su respectiva Secretaría Técnica. 3
Parágrafo 2°.
La osist(~r ',cia a las sesiones será obligatoria,. la no asistencia de los funcionarios públicos y ;)::J:i"icuk:H8S será causal de mala condlicta, y se considerará suficiente para excluirics de la Comisión .
Parágrafo 3°.
La Secreinria Técnica de la Comisión Preparatoria para la Celebración