. En los contratos d~~ crédito para vivienda financiados con recursos de los fondos de vivienda que forman parte del Presupuesto General de La Nación, así como en los contratos de adquisición de vivienda financiados por las demás entidades del Estado que corno polftica plJblica tienen como objeto y/o funciones promover la adquisición de vivienda , incluyendo las empresas industriales, comerciales y de sociedades de economía mixta del Estado de carácter financiero del orden nacional, las partes contratantes estarán obligadas a que los trámites que se deban ceiebrar ante notario sean asignados de manera equitativa entre las notarias existentes en el círculo notarial donde se encuentre ubicado el inmueble mediante el trámite especial de reparto notarial. Para lo anterior, las notarías deberán respetar los siguientes términos de prelación: • • • • Una vez notificada el acta de rep3rio notarial. el notario contará con el término de dos (2) días hábiles para contactar a los interesados y realizar la solicitud de documentos. Citación de los afiliados para escrituración: tres (3) días hábiles para firmar escritura, previa recepción de íos documentos que la notaría solicite . Remitir las escrituras para firma de los representantes legales de las personas jurídicas que intervienen en e! instrumento: cinco (5) días hábiles a partir de la primera firma del instrumento. Numerar ,as escrituras con la primera firma que tome el notario dentro del día hábil siguiente. 4 • • • Firma del notario desde qlje la escritura cuenta con la firma de todos los intervinientes: dos (2) dias háb~!es. Cierre de escritura para copia:;' un (1). día hábil a partir de la firma del notario . . Expedición de las primeras c()pias de !a escritura :" dos (2) días hábiles '" después del cierre de la escritura . .. . . . . 0-- ~
Parágrafo 1°.
El notario que incumpla lo~ términos mencionados anteriormE¡)l1te incurrirá en falta disciplinaria. En los círculos notariales en los que existan dos (~) o más notarías y el notario asignado incumpla los términos, las entidades arriba mencionadas podrán solicitar un nuevo reparto dentíO del mismo círculo.
Parágrafo 2°.
, La radicación de las escrituras púbi:cas de que trata el presente artículo ante las oficinas de registro de instrumentos públicos deberá realizarse por el notario de manera electrónica a través de léi plataforma dispuesta por la Superintendencia de Notanado y Registro, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al pago del impuesto de registro.
Parágrafo 3°.
No obstante, lo anterior, la ejecución de estos contratos se realizará en cumplimiento de los principios de la función administrativa previstos en el