Por medio de la cual se reconoce como Patrimonio Cultural Inmaterial de la nación los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas artesanales del departamento de Putumayo y el municipio del Valle del Guamuez, se exalta el Encuentro Cultural y Artesanal Colombo-Ecuatoriano y se dictan otras disposiciones.

Ley Ordinaria · 2400 · 2024-07-31 · Jerarquía: nivel 5

Vigente
Articulado
Artículos 1–5 de 5

Artículo 1°

. Reconózcase corno Patrimonio Cultural e Inmaterial de lo Nación a los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y téc'~icas artesanales del Departamento de Pui"umayo '{el municipio del Valle del Guamuez y exáltese el Encuentro Cultural y Ar~esanal Colombo Ecuatoriano, por ser una propuesta de salvoguar"dia de las diferentes expresiones artesanoles con notable tradición en la región fronteíiza.

Artículo 2°

. Se autoriza al Gobierno Nacional incorporar dentro del Presupuesto General de la Nación los recursos que se requieran para el cumplimiento de la presente ley, los cuales se proyectarán respetando el marco de gasto de mediano plazo y el marco fiscal de mediano plazo, el cual se ajustará conforme a su política de inversión y de gasto, a fin de promover la salvaguardia de las tradiciones artesanales y culturales del municipio de: Valle del Guamuez y fomentar el Encuentro Cultural y Artesanal Colombo Ecuatoriano como estrategia de protección. Parágrafo. Las apropiociones autorizadas en el Presupuesto General de la Nación deberón contar parasu ejecución con los respectivos programas y proyectos de inversión elel departamento de Putumayo y del municipio del Valle del Guamuez. Los procesos de con1ratación que se adelanten en desarrollo de la presente ley se sujetarón en todo al Estatuto Generol de la Contratación Pública.

Artículo 3°

, La Nación, a través del Ministerio de Cultura, en coordinación con la Gobernación del Putumayo y la olcaldía del VaHe del Guamuez, contribuirán a la salvaguardia de las tradiciones artesanales del departamento y el municipio y al fomento del Encuentro Cultural y Artesanal Colombo Ecuatoriano. Parágrafo. El Ministerio de Cultura asesorará el desarrollo de las postulaciones pertinentes a la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial en los ámbitos correspondientes, así como acompañará la 2400 elaboración e implementación del Plan Especial de Salvaguardia correspondiente.

Artículo 4°

. El Congreso de la República de Colombia rinde homenaje al Municipio Valle del Guamuez como referente cultural del Departamento d~ Putumayo.

Artículo 5°

, La presente ley rige a partir de su promulgación. AME VÁSQUEZ RAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPLIBLlCA, GREGaRIO ELJACH PACHECO EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES, > ~I-------- • ERAL DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES, JAIME lUIS · 2 I LEY No. 2400 --------------------- "POR MEDIO DE LA CUAL SE RECONOCE COMO PATRIMONIO INMATERIAL DE LA NACIÓN LOS USOS, REPRESENTACIONES, EXPRESIONES, CONOCIMIENTOS Y TÉCNICAS ARTESANALES DEL DEPARTAMENTO DE PUTUMAYO y EL MUNICIPIO DEL VALLE DEL GUAMUEZ, SE EXALTA EL ENCUENTRO CULTURAL Y ARTESANAL COLOMBO ECUATORIANO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL PUBLÍQUESEYCÚMPLASE31 JUL 202 _ -7 Dada a los / /­ tf/~/// EL MINISTRO DEL INTERIOR, EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, .~ RICARDO BONILLA GONZÁLEZ EL MINISTRO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS SABERES, }JJfJ\ActwWA lUAN DAVID CORREA ULLOA

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Función legislativa del Congreso (art. 150 C.P.)

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