Artículo 1°
. Objeto.Ld 'presente ley tiene por objeto garantizar la protección de los derechos de estudiantes ges1antes, esludk:mtes en periodo de lactancio y estudiantes en licencia de paferilidad en las Instituciones Educativas del poís, con el fin de que no S8 vean afectados sus derechos fUildarnentoies y puedcm seguir desarrollando sus octividades académicas sin poner en riesgo su vicJcJ, !a dél menor o fet::> en QE~ ;, toción. Las disposiciones e ~;~ obl e cidas en e5ta ley serón aplicables a los estt..:diantos de los establecir:nienlos educativos oficiales y privados de educación bósico y medio, a las inslikeic:¡es de educación superior, instituc:ones técnicos, tecnológicc~ o univ8rsirorios de fi nidas en 81 Capítulo IV del Título 1 de 10 Ley 30 de ·19.92, y los demás centros que presten el seívicio educa1ivo. ARTfcUl02°. Garantía en el acceso y permanencia dé' estudiantes en estado de ges1'cción, en periodo de l<'lct.o nda o con licencia de paternidad. Todos los establecimientos educativos del país deberán garontizar que los y las estudiantes que se encuentren en estado de gestación, o en periodo de loctonclo, o los estudiantes que se encuentren en lice'nck:l de paternidad debidoillsnte comprobada y certificada, gocen del derecho o lo educación con los ajustes requeridos en la prestación del servicio educativo considerando lo siluación transitoria por la que atraviesan, de tal forma que sea equiparable a los demós alumnos y alumnos en relación o su acceso y permanencia, lo cual implica :¡ue los y los estL'diantes que se encuentren en esto si1uación no pueden ser objeto de algún tipo de discriminación.