Por la cual la Nación se asocia a la celebración del sesquicentenario del Colegio Nacional Santa Librada de la ciudad de Neiva, departamento del Huila.

Ley Ordinaria · 237 · 1995-12-26 · Jerarquía: nivel 5

Vigente
Articulado
Artículos 1–5 de 5

Artículo 1

La Nación se asocia a la celebración del sesquicentenario del Colegio Nacional Santa Librada, ubicado en Neiva, Huila; plantel de educación secundaria, que pertenece a la Nación y ha prestado a lo largo de su existencia un fecundo aporte a la educación del país.

Artículo 2

A partir de la sanción de la presente ley, autorízase al Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Educación, para que se planifiquen y desarrollen las siguientes obras por medio de Proyectos de Cofinanciación, de conformidad con la Ley 60 de 1993 y demás disposiciones pertinentes: a) Remodelación y reparación de la planta física; b) Construcción y adecuación de la planta física necesaria para poner en marcha el Programa de diversificación educativa del Colegio; c) Dotación de implementos y materiales educativos.

Artículo 3

La Nación a través del Ministerio de Educación, impondrá las condecoraciones y reconocimientos que a éste Plantel Educativo se le deba tributar, por su aporte significativo a la vida educativa de la juventud huilense.

Artículo 4

Facúltese al Gobierno Nacional para que, con estricta sujeción al Plan Nacional de Desarrollo y a los planes y programas educativos, realice las operaciones correspondientes.

Artículo 5

Esta ley rige a partir de la fecha de su sanción.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Documento oficial: ver original

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