A partir de la promulgación de la presente Ley y de conformidad con los artículos 345 y 346 de la Constitución Política de Colombia y de la Ley 1176 de 2007, autorícese al Gobierno Nacional para que asigne en el Presupuesto General de la Nación y/o se vincule y promueva a través del Sistema Nacional de Cofinanciación, las partidas presupuestales necesarias que permitan la financiación y cofinanciación de las siguientes obras de infraestructura de utilidad pública y de interés social, promotoras de desarrollo regional en el municipio de Salamina: a. Restauración del teatro mUrlicipai, reactivando los espacios para la generación y fortalecimiento de espacios culturales tangibles e intangibles del municipio. b. Pavimentación del parque principal ubicado en ei corregimiento de San Félix en Salamina (Caldas). c. Apoyar y promover los emprencJin~ientos de! municipio, especialmente de jóvenes y mujeres, mediante formación y capacitaciones que ies permitan mejorar sus 2349 técnicas, productividad, sostenibilidad y rendimiento. Parágrafo: Los procesos de contratación que se adelanten en desarrollo de la presente ley se sujetarán en todo al Estatuto General de la Contratación Pública. Artículo S. Autorícese al Gobierno Nacional a incorporar los recursos necesarios para. financiar un producto audiovisual corto y de alta calidad con perfil multiplataformas sobre el centenario del municipio de Salamina, este producto audiovisual no solo destacará las características demográficas, sociales, económicas y culturales del municipio, sino que también resaltará la belleza de su arquitectura colonial, la riqueza de su tradición cafetera y su importancia histórica en la conformación de la identidad cultural de la región. Además, se promoverá su difusión a nivel nacional a través de los canales del Sistema de Medios Públicos. Parágrafo: Las partidas presupuestales que trata el presente artículo no afectarán las transferencias de Ley, ni las apropiaciones presupuestales que anualmente, el Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones debe girar a los operadores y cuya destinación específica es el fortalecimiento de la televisión pública.