. FASES PARA lA IMPLEMENTACiÓN. En el ámbito de los consejos nacional, departamental, distrital y municipal de Política Social, en armonía con lo previsto en el Código de Infancia y Adolescencia - Ley 1098 de 2006, la Política de Estado para el Desarrollo Integral en la Infancia y Adolescencia, se deberá implementar en las siguientes fases: I a. Identificación. En esta fase se identifica el estado de realización de los derechos de las niñas; niños y adolescentes por momentos del curso de vida y entornos de desarrollo, analizado en la perspectiva de la Ruta Integral de Atenciones - RIA-, las atenciones y la oferta pública y privada disponible dirigida a esta población. Esta información dará los elementos para la focalización de acciones y prioridades a nivel territorial. También se movilizará la participación de las niñas, niños y adolescentes, de las entidades que hacen parte del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y de otros actores sociales a través de los consejos de Política Social y espacios creados para este fin, que permitan la coordinación y reflexión sobre las prioridades, lineamientos y acciones de la política. b. Formulación. A partir del diagnóstico sobre la realización de los derechos y la Ruta Integral de Atenciones local, se deberán plantear las mejores alternativas para garan·~izar de forma progresiva el goce efectivo de los derechos de las niñas, niños, y adolescentes en el territorio. Para tal fin se formulará el plan de acción con los objetivos, las metas, los indicadores de gestión y de resultado, las acciones, los recursos y los responsables para la ejecución de la Ruta Integral de Atenciones, de manera complementaria a las políticas existentes. En esta fase se promoverá la participación efectiva de las niñas, niños y adolescentes en los espacios de diálogo y reflexión para la definición de las prioridades. c. Implementación. En esta fase, se materializan las acciones de la Política como planes, programas y servicios, para la ejecución de la Ruta Integral de Atenciones local planteada en el plan de acción. El proceso de ejecución debe estar soportado en los principios . de intersectorialidad, sostenibilidad, coordinación, complementariedad y concurrencia entre los distintos actores involucrados y niveles de gobierno. 6 3. El ministro de Salud y Protección Social o su delegado, que deberá ser un viceministro. 4. El ministro de Trabajo o su delegado, que deberá ser un viceministro. 5. El ministro de Educación Nacional o su delegado, que deberá ser un viceministro. 6. El ministro de la Tecnología de la Información y de las Comunicaciones o su delegado, que debeíá ser un viceministro. 7. El ministro de Cultura o su delegado, que deberá ser un viceministro. 8. El ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación o su delegado, que deberá ser un viceministro. 9. El ministro de Deporte cj su delegado, que deberá ser un viceministro. 10. El director del Deportamento Nacional de Planeación o su delegado, que deberá pertenecer al nivel directivo. 11. El director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social o su delegado, que deberá pertenecer al nivel directivo. 12. El director del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF o su delegado, qUe deberá pertenecer al nivel directivo. 13. Organizaciones de Padres de Familia. PARÁGRAFO 1°. Con el fin de lograr la implementación coordinada y efectiva de la Política de Estado para el Desarrollo Integral en la Infancia y la Adolescencia, en el marco del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, se articularán y definirán los mecanismos de trabajo conjunto con las instancias del SNBF, agencias, organismos, sociedad civil, academia y comisiones intersectoriales o espacios de concertación de grupos sociales o étnicos, que aborden temas relacionados con las transiciones desde la primera infancia hasta la juventud. PARÁGRAFO 2°, Con el fin de lograr la implementación de la Política de Estado para el Desaríollo Integral en la Infancia y la ,Adolescencia, en el marco de la Ley 1098 de 2006, la Comisión deberá regirse por las disposiciones del Consejo Nacional de Política Social (CNPS), el cual es el ente responsable de diseñar la polftica pública, movilizar y apropiar los recursos presupuestales destinados a garantizar los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes en todo el territorio nacional. PARÁGRAFO 3°, Con el fin de dinamizar la coordinación de la Política de Estado para el Desarrollo Integral en la Infancia y la Adolescencio, la Comisión Intersectorial para el Desarrollo Integral tendrá una secretaría 5 ., ' 2323· visuales. Este componente también contempla acciones que promueven ei juego como una necesidad vital y derecho de las niñas, niños y adolescentes cuyo ejercicio potencia su desarrollo integral. Así mismo, contribuye a la construcción de la propia identidad y el desarrollo del sentido de pertenencia a partir del reconocimiento, apropiación y disfrute en torno a! conocimiento de la historia, de las memorias, de la ; cultura, las artes, la j'ecreación, los deportes y actividades físicos propias, la ciencia, la tecnología, las' manifestaciones y expresiones del patrimonio cuitural . inma~eria! y los bienes del patrimonio cultural material. e) Vinculación afectiva y relaciones de cuidado. Considera las acciones tendientes a favorecer y fortalecer relaciones vinculantes y recíprocas de las niñas; niños y adolescentes con ellos mismos, con los otros y con su entorno, como aspecto fundamental para su desarrollo y como medio para promover el cuidado de sí y de los demás, el buen trato y la prevención frente al riesgo. La red vincular y de cuidado incluye en primera medida las familias, los grupos de pares y las comunidades, enmarcadas enla relación armónica con el ambiente y la naturaleza.