POR MEDIO DEL CUAL SE INCLUYE AL DISTRITO ESPECIAL,

Ley Ordinaria · 2238 · 2022-07-08 · Jerarquía: nivel 5

Vigente
Articulado
Artículos 1–4 de 4

Artículo 1°

El régimen especial en materia tributaria -ZESE de que trata el

Artículo 268°

de la Ley 1955 de 2019 es aplicable al Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturístico de Buenaventura, con el cumplimiento de las condiciones y requisitos previstos en dicha disposición y lo indicado en la presente Ley.

Artículo 2°

Condiciones especiales de la ZESE para el distrito de Buenaventura. Este régimen aplicará a las sociedades comerciales que se constituyan en la ZESE del Distrito de Buenaventura dentro de los tres (3) años siguientes a la entrada en vigencia de esta ley, o aquellas existentes que durante ese mismo término se acojan a este régimen en las condiciones de la normatividad aplicable y vigente en virtud del artículo 268 de la Ley 1955 de 2019.

Artículo 3°

Vigencia. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación. .........TE DEL HOI'JORABLE SEI'JADO DE LA REPÚBLICA .~ .. GÓZJIMÉ z 10 GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPUBLlCA 1 2238 BLE CÁMARA DE REPRESENTANTES GENERAL DE LA HONORABLE CÁMARA DE 2 LEY No. 2238 -------------------- "POR MEDIO DE DEL CUAL SE INCLUYE AL DISTRITO ESPECIAL, INDUSTRIAL, PORTUARIO, BIODIVERSO Y ECOTURíSTICO DE BUENAVENTURA EN EL RÉGIMEN DE TRIBUTACiÓN ESPECIAL DE LA ZONA ECONÓMICA Y SOCIAL ESPECIAL (ZESE) Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL PUBLíaUESE Y CÚMPLA Dada en Bogotá, O.C., a los EL MINISTRO DEL INTERIOR, EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚ \ DANO JOS· LA MINISTRA DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO, I¡ nll./lú LJ ~.0 MARd /XIMENA LOMBANA VIL BA

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Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Función legislativa del Congreso (art. 150 C.P.)

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