Por medio de la cual la nación se asocia y rinde homenaje al municipio de Guayatá en el departamento de Boyacá, con motivo de la celebración del bicentenario de su fundación y se dictan otras disposiciones.

Ley Ordinaria · 2235 · 2022-07-08 · Jerarquía: nivel 5

Vigente
Articulado
Artículos 1–8 de 8

Artículo 1°

. Objeto. La presente ley tiene como objeto que ia Nación se asocie a los doscientos (200) años de la fundación del municipio de Guayatá, que tuvo lugar el 6 de abril de 1821 y se rinda homenaje público a través de distintos reconocimientos de carácter histórico, material, turístico-cultural y ambiental, como contribución al mismo y a sus habitantes y su valioso legado para el fortalecirniento' económico y democrático del Estado colombiano.

Artículo 2°

. Reconocimiento histórico. La Nación exalta y enaltece con motivo de estas efemérides, la noble misión que cumplieron los siguientes grupos o personas: a) b) c) d) e) f) g) Precursores de su fundación: Andrés José de Medina Ramírez Monseñor: José Miguel de Acevedo y Plata Primer alcalde: José Joaquín Ca macho Ramírez Juez de Fábrica: Andrés José Medina Ramírez Cofundadores: Narciso y Luis Medina, Juan Nepomuceno Camacho, Andrés y José Manuel Barreta, José Agustín Martínez, Pedro Camacho, Francisco Javier Ruiz y Nicolás Llanos . Agrupaciones Cívico-Sociales Sus habitantes que han contribuido al desarrollo de los valores históricos, culturales y ecológicos del municipio.

Artículo 3°

. Orden de la democracia. Confiérase la condecoración Orden del Congreso de Colombia en el grado de Gran Cruz de Comendador, por parte del Senado de la República a las siguientes instituciones: a) Concejo municipal. Como reconocimiento a la institucionalidad participativa y política, en cabeza del Alcalde en ejercicio. b) Administración Municipal de Guayatá. Como reconocimiento a la sostenibilidad democrática, en cabeza del Presidente del Concejo en ejercicio.

Artículo 4°

. Reconocimientos por su obra y labor. El Congreso de la República exalta y enaltece con motivo de esta celebración, la noble misión que cumplieron los siguientes grupos e instituciones: a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) k) Parroquia de Nuestra Señora del Buen Consejo Institución Educativa Técnica Las Mercedes Casa de la Cultura José Manuel Salamanca Biblioteca Pública Jorge Barreta Moreno Emisora Comunitaria Sochaquira Guayatá Stereo 99.1 FM Juntas de Acción Comunal Banda Juvenil de Viento Agrupación Los Cuspis Agrupación Hermanos Martínez Club Deportivo Amigos por Guayatá Grupo de Danzas Raíces Guayatunas

Artículo 5°

. Proyección cultural y crecimiento económico. Se autoriza al Ministerio de Comercio Industria y Turismo para que adelante las siguientes investigaciones, con el fin de construir un oportuno desarrollo y crecimiento a futuro: 1. Realizar el estudio prospectivo del Municipio de Guayatá, Boyacá al año 2030 especialmente en materia de turismo y comercialización agrícola. Perfil emprendedor, solidario del recurso humano Boyacense, a partir de las potencialidades del municipio de Guayatá.

Artículo 6°

. Reconocimiento en obras. Autorícese al Gobierno Nacional para incorporar dentro del Presupuesto General de la Nación y/o impulsar a través del Sistema Nacional de Cofinanciación, las apropiaciones necesarias que permitan adelantar obras y actividades de interés público, 'social y ambiental con motivo de la celebración de los doscientos (200) años de fundación del municipio de Guayatá, departamento de Boyacá.

Artículo 7°

. Facultades. Se autoriza al Gobierno Nacional para efectuar los traslados, crédito y contra créditos, convenios interadministrativos entre la Nación y el departamento de Boyacá y/o el Municipio de Guayatá, conforme al Marco Fiscal de Mediano Plazo (MFMP) vigente.

Artículo 8°

, Vigencia. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación. EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA ~/:J V / E G O GOMEZ JIMENEZ ,/ 2235 Continuación Ley No: "POR MEDIO DE LA CUAL LA NACIÓN SE ASOCIA Y RlNDE HOMENAJE AL MUNICIPIO DE GUAYATÁ EN EL DEPARTAMENTO DE BOYACA, CON MOTIVO DE LA CELEBRACiÓN DEL BICENTENARIO DE SU FUNDACiÓN Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES". El SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE lA REPUBLlCA El PRESIDENTE DE LA H aRABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES El SECRETARIO GENERAL DE lA H. CÁMARA DE REPRESENTANTES LEY No. 2235 -------------------- "POR MEDIO DE LA CUAL LA NACiÓN SE ASOCIA Y RINDE HOMENAJE AL MUNICIPIO DE GUAYATÁ EN EL DEPARTAMENTO DE BOYACÁ, CON MOTIVO DE LA CELEBRACiÓN DEL BICENTENARIO DE SU FUNDACiÓN Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL PUBLíaUESE y CÚMPLA Dada en Bogotá, D.C., a los EL M!NISTRO DEL iNTERIOR EL MINISTRO DE HACIENDAY CRÉDIT .~ LA MINISTRA DE COMERCIO INDUSTRIA y TURISMO, MAj¡~JJtJA~A LA MINISTRA DE CULTURA, , ~ . , ~ , ANGELlCA MARIA MAYOLO OBREGON

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Función legislativa del Congreso (art. 150 C.P.)

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