. DISPOSICIONES FINALES 1. El presente Tratado podrá ser modificado por mutuo acuerdo de las Partes y las modificaciones acordadas entrarán en vigor de 26 conformidad con el procedimiento establecido en el numeral 2 de este Artículo. 2. El presente Tratado entrará en vigor treinta (30) días después de la fecha de recepción de la última notificación recibida, a través de la via diplomática, por la cual las Partes se comuniquen el cumplimiento de los requisitos legales internos necesarios para su entrada en vigor. 3. El presente Tratado se dará por terminado ciento ochenta (180) días después de que una de las Partes reciba por la vía diplomática la notificación escrita de la otra Parte sobre su intención en tal sentido. 4. La terminación del presente Tratado no afectará la conclusión de las solicitudes de asistencia legal que se hayan recibido durante su vigencia. Suscrito en, a los 16 días del mes de diciembre del aúo dos mil dieciséis (2016), en dos ejemplares en idioma español italiano, siendo ambos textos igualmente válidos . e POR LA REPÚBLICA DE COLOMBIA POR LA REPÚBLICA ITALIANA / 4~~i~~~d1~tlar f L---"- Andrea Orlando Ministro de Justicia Ministra de Relaciones Exteriores 27 LA SUSCRITA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO TRATADOS DE LA DIRECCiÓN ASUNTOS JURíDICOS INTERNACIONALES DEL MINISTERIO RELACIONES EXTERIORES DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA CERTIFICA: Que la reproducción del texto que antecede es copia fiel y completa de la versión en español del Tratado entre la República de Colombia y la Repúblíca Italiana sobre Asistencia Legal Recíproca en Materia Pena!J), suscrito el 16 diciembre de 2016, documento reposa en los archivos Grupo Interno de Trabajo de Tratados de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales de Ministerio y consta en catorce (14) folios. Dada en Bogotá D. a los trece (13) días del mes de julio de dos mil veinte (2020). L CJ-ÓSoQ~ .. 02 LucíA SOLANO RAMíREZ Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Tratados EXPOSICiÓN DE MOTIVOS DEL PROYECTO DE LEY "POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA EL «TRATADO ENTRE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y LA REPÚBLICA ITALIANA SOBRE ASISTENCIA LEGAL RECíPROCA EN MATERIA PENAL», suscrito el16 de diciembre de 2016", Honorables Senadores y Representantes: EXPOSICiÓN DE MOTIVOS DEL PROYECTO DE LEY "POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA EL «TRATADO ENTRE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y LA REPÚBLICA ITALIANA SOBRE ASISTENCIA LEGAL RECíPROCA EN MATERIA PENAL»", suscrito el16 de diciembre de 2016", Honorables Senadores y Representantes: En nombre del Gobiemo Nacional yen cumplimiento de los artículos 150 No. 16, 189 No. 2, y 224 de la Constitución Política, presentamos a consideración del Honorable Congreso de la República, el Proyecto de Ley "Por medio de la cual se aprueba el «Tratado entre la República de Colombia y República Italiana sobre Asistencia Legal Recíproca en Materia Penal», suscrito el16 de diciembre 2016". 1. INTRODUCCiÓN La asistencia y cooperación judicial internacionales se fundamentan en el reconocimiento y ejecución de decisiones derivadas de un poder jurisdiccional extranjero o de una autoridad debidamente reconocida por el país solicitante, ante la irnposibilidad jurídica de ejercer esa facultad fuera del territorio propio del Estado, por cuanto a pesar de que cada Estado puede servirse de sus agentes acreditados en el extranjero, en muchas oportunidades los actos procesales necesarios requieren la participación de las autoridades extranjeras. A través de estos instrumentos de concertación se han consolidado las relaciones bilaterales de Colombia con otros Estados, convirtiéndose en factores de transformación, propiciando el establecimiento de medidas de confianza mutua y permitiendo la consolidación de mecanismos de seguridad a nivel binacional. Adicionalmente, la cooperación judicial en materia penal entre los Estados promueve la lucha contra la delincuencia, ya que la misma requiere de acciones conjuntas de la comunidad internacional y por estar elaborado conforme con los parámetros del artículo 9° de la Constitución Política, como fundamento de las relaciones exteriores del Estado colombiano, es decir con respeto por la soberanía nacional, la autodeterminación de los pueblos yel reconocimiento de los principios de derecho internacional aceptados por Colombia. Conforme a lo establecido en la Constitución Política y en la Ley Estatutaria de Administración de Justicia, son principios básicos del sistema jurídico, el acceso, la eficiencia, la celeridad y el respeto por los derechos de los ciudadanos, entre otros. La aplicación efectiva de estos principios suele ser truncada por el excesivo formalismo, la falta de acceso del ciudadano a la justicia, y la congestión judicial, como ejemplo de algunos de los problemas más comunes que erosionan los pilares de la administración de justicia. En ese sentido, la respuesta del Estado para afrontar estas situaciones es la adopción de modificaciones que permitan brindar seguridad jurídica a los ciudadanos, simplificar y acelerar sentencias mencionados. procedimientos y establecer un sistema de reconocimiento y ejecución coherente, funcional y garantista. acorde con los principios antes Teniendo en cuenta que en múltiples ocasiones los procedimientos judiciales y extrajudiciales suelen ser excesivamente prolongados, sometidos a dispendiosos y con el desgaste que esta situación conlleva la administración de justicia y para sus usuarios o destinatarios, los países conscientes de tal situación y de la necesidad de generar canales ágiles que. con pleno roC'"otrl al ordenamiento jurídico de los Estados, faciliten una administración de justicia pronta y han propendido por el diseño de una herramienta que prevea unos requisitos y un procedimiento que permita dinamizar y la pronta respuesta frente a solicitudes de las autoridades judiciales con respecto a la asistencia judicial y legal recíproca en materia penal, permitiendo estimular la confianza en sus instituciones judiciales. 11. CONTENIDO DEL TRATADO ENTRE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y LA REPÚBLICA ITALIANA SOBRE ASISTENCIA LEGAL RECíPROCA EN MATERIA PENAL El tratado consta de un preámbulo y 22 artículos, los cuales se pueden resumir así: lO Preámbulo: con motivo de lazos amistad y cooperación que las unen, desean fortalecer las bases jurídicas la asistencia legal recíproca en materia penal, actuando bajo sus legislaciones internas y los principios contenidos en los instrumentos internacionales en matería de derechos humanos. ..