Artículo primero
Institucionalizar la celebración del "Día del Ca!Tlpesino" en todo el territorio colombiano como reconocimiento y fomento de la identidad, las expresiones culturales campesinas, y exaltación de los méritos de las campesinas y los campesinos, por su laboriosidad y valioso aporte a la producción y abastecimiento de alimentos, en la que se soporta el derecho a la alimentación de todos los colombianos, así como por su contribución al desarrollo económico nacional. La celebración dispuesta por la presente ley será el escenario en el que, además dela agenda especial para la visibili:zació,n de este sector social y econórnico productivo, el gobierno nacional, los departamentos y municipios presenten las políticas, planes, programas y proyectos públicos en beneficio de las campesinas y los campesinos, Los órganos de gobierno aquí mencionados expedirán los actos administrativos requeridos,